Resumen Latinoamericano, 17 Mayo 2020
En cinco años de gobierno de Juan Orlando Hernández se han contabilizado 15 querellas y 5 amenazas de querellas que han afectado a 21 periodistas, según análisis de Reporteros de Investigación hecho con datos recopilados a través de medios de comunicación y Comisionado Nacional de Derechos Humanos y del monitoreo de alertas de la oenegé, C‑Libre.
De los afectados, 18 son hombres y tres son mujeres. El más famoso de los querellados es el director de Radio Globo y Confidencialhn, David Romero, que lleva más de un año en prisión.
Fue detenido el 28 de marzo de 2019 y sentenciado a 10 años y ocho meses de prisión que cumple en una unidad militar.
En este recuento no se incluyen las acciones punitivas contra personas de la vida pública como Salvador Nasralla, ex candidato presidencial; la directora del Centro de Estudios de la Mujeres, Suyapa Martínez y la diputada María Luisa Borjas, acusados judicialmente por sus expresiones.
Este año el hecho más reciente de querella es contra el periodista Milton Benítez, director del programa El Perro Amarillo, acusado por difamación por el Banco Atlántida, luego de supuestas irregularidades denunciadas en su programa.
Las querellas contra periodistas o personajes de la vida pública han aumentado cuando denuncian corrupción.
Un periodista preso
Romero denunció varios actos de corrupción del Gobierno hondureño, por lo que fue acusado de difamación contra Sonia Gálvez Ferrari, exfiscal de la Mujer y esposa del exfiscal general adjunto Rigoberto Cuéllar. Gálvez dijo que el periodista quería vengarse porque ella fue la encargada de acusarlo y lograr una condena en la que Romero Ellner se declaró confeso y cumplió su condena por violación.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) pidió la suspensión temporal de la orden de captura y la sentencia, pero el escrito fue desestimado por el juzgado que ordenó el allanamiento.
En 2017, la periodista Lidieth Díaz, esposa de David Romero, fue amenazada con una querella, y en 2019 se desestimó una querella contra Díaz y su colega Héctor Amador por calumnia e injurias contra Ebal Díaz, secretario de la Presidencia del gobierno de Juan Orlando Hernández. La noticia difundida señalaba que el funcionario habría estado implicado en un caso de acoso sexual.
Héctor Amador es uno de los periodistas más afectados, con tres querellas: una en 2014, otra en 2015 y la última, hasta el momento, en 2019. La última de estas querellas fue desestimada.
Las y los periodistas fueron amenazados o querellados por funcionarios, empresarios, regidores alcaldes y banqueros del país y, en algunos casos, hasta por otros colegas periodistas. También las mayorías de las querellas y amenazas de querellas provenían de Tegucigalpa y de la radio y televisión.
El periodismo es de alto riesgo de cárcel, de muerte en Honduras
El periodismo en Honduras es de alto riesgo para quienes lo ejercen, según el informe anual de 2018 del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (Conadeh). “Prueba de ello”, añade el Conadeh, “es que del 2001 a la fecha han sido asesinadas 77 personas vinculadas a los medios de comunicación. El 92% de esos casos están impunes por falta de investigación”.
Unas 30 querellas contra personas vinculadas a los medios de comunicación se han interpuesto desde 2004, informó el Conadeh en marzo de 2019. Al menos seis de esas demandas han recibido sentencia. En otros casos se llegó a acuerdos conciliatorios.
De acuerdo con el Informe Anual de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión 2018, Volumen II, del relator especial para la Libertad de Expresión de la CIDH, Edison Lanza, “en Honduras sigue siendo frecuente el uso del derecho penal como mecanismo para inhibir y hostigar a quienes ejercen el periodismo. En los últimos dos años, la CIDH ha expresado preocupación por la idea de mantener o incorporar figuras penales incompatibles con sus obligaciones internacionales en materia de libertad de expresión”.
“Las reformas al delito de terrorismo y el proyecto de ley contra los discursos de odio y discriminación en redes sociales son ejemplos preocupantes de propuestas legislativas restrictivas y que podrían habilitar acciones legales contra periodistas y defensores de derechos humanos. A este respecto, en mayo de 2018, Edison Lanza, en conjunto con el Relator Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión de la ONU, David Kaye, enviaron al Estado de Honduras una comunicación en la que expresaron su preocupación por los efectos en el ejercicio de la libertad de expresión de la iniciativa legal sobre Ciberseguridad y medidas de protección ante los actos de odio y discriminación en internet y redes sociales”, añade el informe.
La CIDH se ha pronunciado
El reporte de la CIDH afirma que el nuevo Código Penal mantiene los delitos de injurias y calumnias para proteger la reputación de un funcionario público, aunque solo establece una pena de multa.
“A este respecto”, continúa el documento, “la CIDH reitera que la utilización de mecanismos penales para sancionar expresiones sobre cuestiones de interés público o sobre funcionarios públicos, candidatos a ejercer cargos públicos o políticos vulnera en sí misma el artículo 13 de la Convención Americana, ya que no hay un interés social imperativo que la justifique, resulta innecesaria y desproporcionada, y puede constituir un medio de censura indirecta dado su efecto amedrentador e inhibidor del debate sobre asuntos de interés público. En efecto, la CIDH ha resaltado que el uso del derecho penal para sancionar discursos especialmente protegidos –como aquellos referidos a los funcionarios públicos– no sólo es una limitación directa de la libertad de expresión, sino también puede considerarse como un método indirecto de restricción de la expresión por su efecto inhibidor del libre flujo de ideas, opiniones e informaciones que puedan resultar críticas u ofensivas. La simple amenaza de ser procesado penalmente por expresiones críticas sobre asuntos de interés público puede generar autocensura dado su efecto amedrentador”.
El nuevo Código Penal, según la CIHD, incluye una amplia tipificación de delitos como “desórdenes públicos”, “desobediencia a la autoridad”, “atentado a la autoridad”, “reuniones y manifestaciones ilícitas” y “acceso y difusión de información reservada”.
“A este respecto, la Comisión observa que estas normas podrían permitir la criminalización de acciones legítimas de protesta social y el trabajo de defensores de derechos humanos. Al respecto, reitera que la aplicación del derecho penal frente a conductas de los participantes en una manifestación constituye una restricción grave y con serias consecuencias para la libertad de expresión, y los derechos de reunión, asociación y participación política, que solo puede utilizarse de modo muy excepcional y está sujeto a un estricto escrutinio”, dice el reporte de la CIDH.
“En su segundo Informe sobre la Situación de las Defensoras y Defensores de los Derechos Humanos en las Américas la Comisión remarcó que “en los últimos años se ha presentado una creciente iniciación de acciones penales en contra de quienes participan en protestas sociales” y en el año 2015, preocupada por la grave situación, la Comisión aprobó un informe, la Criminalización de defensores y defensoras de derechos humanos, donde señaló que las protestas sociales es uno de los contextos más habituales donde se presenta este grave problema”.
El principio 11 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH establece que: “los funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad. Las leyes que penalizan la expresión ofensiva dirigida a funcionarios públicos generalmente conocidas como ‘leyes de desacato’ atentan contra la libertad de expresión y el derecho a la información”.
Por: Reporteros de Investigación