Las organizaciones fueron convocadas por la ministra Sabina Frederic para analizar el tema. Le enviaron dos documentos donde piden la derogación de la resolución que habilita el ciberpatrullaje, critican el borrador que les mostró la ministra y reclaman una ley.
Por Ari Lijalad*/ Resumen Latinoamericano/23 de abril 2020 .-
El CELS, la Fundación Via Libre y el Instituto Latinoamericano de Seguridad y Democracia (ILSED), tres de las organizaciones convocadas por el Ministerio de Seguridad para analizar una propuesta de protocolo para el ciberpatrullaje, presentaron críticas tanto a esa idea como a la realización actual de esas tareas, que se hacen bajo el amparo de una resolución heredada de la gestión Patricia Bullrich. En documentos que enviaron a la ministra Sabina Frederic le plantearon la necesidad de derogar la normativa que permite el ciberpatrullaje, que es una tarea de inteligencia ilegal, a la vez que rechazaron el protocolo en el que trabaja la actual gestión y plantearon que el tema debe discutirse en el Congreso y regularse por ley.
Estos documentos del CELS, Via Libre e ILSED, son la respuesta a una convocatoria de la ministra Frederic para trabajar en un protocolo que regule las tareas de ciberpatrullaje que realizan las fuerzas de seguridad, una continuidad de la gestión anterior. El tema se hizo público cuando la propia Frederic reconoció ante diputados que las fuerzas federales de seguridad realizaban tareas de ciberpatrullaje para prevenir delitos en el marco del aislamiento obligatorio y en especial al conocerse el caso de Kevin Guerra, un joven al que le iniciaron una causa judicial por tuitear un chiste donde decía la palabra saqueo. No fue el único caso y tanto estas organizaciones como especialistas en informática y derechos humanos plantearon sus preocupaciones.
La semana pasada la ministra Frederic les presentó un borrador de un protocolo a las organizaciones que integran la Iniciativa Ciudadana para el Control del Sistema de Inteligencia (ICCSI) como el CELS, la Fundación Via Libre y el ILSED así como a la Asociación de Derechos Civiles (ADC), la Asamblea Permanente de Derechos Humanos (APDH) y otras ONGs y especialistas en comunicación.
Los documentos del ministerio de Seguridad en cuestión son dos. Uno, la Resolución 31⁄2018, herencia de la ministra Bullrich, donde se habilita lo que mediáticamente se conoce como ciberpatrullaje. El otro, un borrador de Protocolo de Ciberpatrullaje sobre el que trabaja la gestión de la ministra Frederic y que fue puesto a consideración de organizaciones y ONGs.
El CELS, Vía Libre y el ILSED reclamaron la derogación de la resolución, rechazaron el borrador del nuevo protocolo y plantearon que el tema se discuta en el Congreso.
Para el CELS, el ciberpatrullaje es una tarea de inteligencia criminal y, por lo tanto, es ilegal de la manera que plantea el protocolo que les presentó la ministra Frederic. Plantean que no se define lo que sería un “ciberdelito”, que afecta a la libertad de expresión y al derecho a la privacidad, que implica un uso desproporcionado en materia penal y en recursos del Estado y detallan al menos 8 casos en las últimas semanas. Proponen que se derogue la resolución 31 que habilita el ciberpatrullaje, que no se apruebe el protocolo que les presentó la ministra Frederic, que se discuta una ley y que mientras las fuerzas de seguridad no realicen ciberpatrullaje y que esto se traslada también con las policías provinciales.
La Fundación Vía Libre y el ILSED respondieron en términos similares a la propuesta del ministerio de Seguridad. Plantean que el borrador del protocolo contiene “graves vulneraciones a los derechos humanos” y que el “ciberpatrullaje” no tiene “significado técnico o jurídico” y que se trata de tareas ilegalel.
El CELS es tajante respecto al borrador que les presentó la ministra Frederic: “El proyecto del 17 de abril de 2020 busca constituirse como un protocolo de actuación que especifique y clarifique lo dispuesto en la resolución anterior. Sin embargo, acumula varios problemas: de legalidad de las acciones que define y busca regular, así como de proporcionalidad y de necesidad. Al mismo tiempo, implica amenazas directas e indirectas para la vigencia de la libertad de expresión y el derecho a la privacidad”.
Desde el organismo que preside Horacio Verbitsky y dirige Paula Litchvasky afirman que lo que se busca no es hacer prevención sino inteligencia sobre fuentes abiertas, que que la analogía entre el patrullaje en las calles y el virtual “es engañosa y busca presentar al ciberpatrullaje como una actividad distinta a las de inteligencia” y que el protocolo que aún está en borrador lo que habilita son las tareas de “inteligencia criminal” que sólo pueden realizare de manera muy específica y que están prohibidas en la forma de “excursiones de pesca” como sería bucear en las redes sociales en búsqueda de eventuales delitos. Desde Via Libre y el ILSED coinciden en que lo que la actividad que se denomina ciberpatrullaje “debe ser entendida como inteligencia, en este caso, inteligencia criminal, porque supone un proceso de recolección y análisis de información que concluye con una evaluación de si existe o no una amenaza a la seguridad interior. Se distingue de otros tipos de prácticas policiales dirigidas a la prevención, como el patrullaje callejero, entre otras cosas, porque se realiza de manera anónima o encubierta y, por lo tanto, no se advierte a las personas que están siendo vigiladas”.
El CELS también plantea que “la vigilancia de las redes sociales por parte de las fuerzas de seguridad es un tipo de injerencia estatal en el debate público”, sumado a que los casos que se conocen suelen ser “espectacularizados” y eso tiene “efecto indiscutible de amedrentamiento de las expresiones públicas”. El documento de Via Libre y el ILSED señala al respecto que “producen en el público un efecto intimidatorio que afecta directa y gravosamente el derecho a la libertad de opinión y expresión afirmado en la interpretación constitucional y en los tratados de derechos humanos. En la práctica, el conocimiento de la existencia de estas formas de vigilancia indiscriminada y la ambigüedad induce en el público conductas de autocensura”. Alertan a su vez que incluso la persecución de estas manifestaciones es contraproducente, porque en lugar de pasar desapercibidas se les da una notoriedad que no hubieran tenido.
Hay un punto clave, y es que además de la ilegalidad no existen pruebas de que sea necesario ni útil. El documento de Vía Libre y el ILSED lo resume así: “En ninguna parte del Reglamento, ni en otro documento público del que tengamos conocimiento, se ha establecido el principio de necesidad para la utilización del ‘ciberpatrullaje’. No parece haber evidencia empírica, ni siquiera parcial, de que las actividades de reunión, procesamiento y análisis de información sistemáticas, generalizadas e indiscriminadas, que el Reglamento permite, tengan efectos positivos en la prevención de delitos”.
“Las definiciones del proyecto de protocolo sobre lo que no se puede hacer, como la ‘observación de individuos’ es meramente retórica y técnicamente incorrecta”, dice el documento del CELS, que revela lo que pasó hace unos días con el joven al que le iniciaron una causa por un tuit: “Como ejemplo volvemos al caso de Kevin Guerra: la Gendarmería buscó en redes sociales las palabras ‘saquear-cuarentena-argentina’ y en base a lo que encontró en la cuenta personal de un individuo, sin ningún otro análisis de contexto, inició una causa penal. Esto no es legal”. No es legal ni efectivo: muchos investigadores e informáticos, alertados por este caso, comenzaron a publicar en sus redes sociales frases sin sentido que incluyeran esas palabras, lo que haría inútil la búsqueda de esa forma.
Para el CELS, la falta de definición en el protocolo de lo que es un ciberdelito constituye “un retroceso en relación con la resolución de 2018. Aquella habilitaba las ‘intervenciones’ para un listado cerrado de delitos”. Via Libre y el ILSED afirman que “la vigilancia masiva indiscriminada no se encuentra regulada en nuestro país y, más grave aún, la inteligencia sobre opiniones y actividades lícitas, entre otras finalidades, está terminantemente prohibida”. Respecto a los casos como el de Kevin Guerra, que no es el único, señalan: “Realizar una vigilancia del modo en el cual lo plantea el Reglamento es muy peligroso para los derechos y garantías que fundan nuestra democracia. Los sistemas informáticos que recogen palabras o frases no tienen capacidad de identificar la razón o motivación por las que han sido utilizadas, y la participación humana que intentara corregir esto solo podría hacerlo después de la captación de miles de comunicaciones irrelevantes. Que, incluso, podrían aparejar la apertura de causas penales en contra de sus autores/as o difusores/as,”. En el mismo documento plantean que el Reglamento actual no establece qué delitos se investigan, si se elimina la información irrelevante, si se compartimenta la reunión, el procesamiento, el análisis y la difusión de la información.
“Es particularmente preocupante que se incluya en forma explícita en los considerandos el delito de ‘intimidación pública’ entre los que son de interés. Este delito, de graves problemas de legalidad, es el más utilizado, junto con el de instigar a cometer delitos, por las fuerzas de seguridad a la hora de criminalizar expresiones en la redes sociales. También fue especialmente utilizado por el gobierno anterior para amedrentar a manifestantes. La inclusión de ese delito en este protocolo solo puede entenderse como una validación del modo en que las policías vienen realizado hasta el momento la práctica de ciberpatrullaje, vinculada a casos de nula relevancia en términos de política criminal o de detección de amenazas”, alertan desde el CELS.
Tanto el CELS como Vía Libre y el ILSED coinciden en que esta cuestión no se puede zanjar con un protocolo del ministerio de Seguridad sino que requiere una ley. “Nuestro país no tiene una regulación específica sobre estos temas. Los problemas graves de funcionamiento del sistema de inteligencia y de seguridad asociados al espionaje ilegal, al seguimiento de organizaciones, referentes sociales y activistas, a las restricciones a la protesta, a la privacidad, a libertad de expresión y al acceso a la información pública requieren que habilitaciones para hacer inteligencia criminal en el entorno digital (de fuentes abiertas y no abiertas) sean sustentadas en leyes que definan claramente facultades, impongan límites específicos y regulen controles adecuados”, sostiene el CELS.
El CELS, Vía Libre y el ILSED piden la derogación de la resolución 31⁄2018 donde se dan instrucciones a las árecas de Ciberdelito de las fuerza federales de seguridad para que intervengan en investigaciones de determinados delitos a través del ingreso a sitios digitales de acceso público. Por ejemplo, revisar el as redes sociales como Twitter o Facebook.
Via Libre y el ILSED consideran que “el Reglamento se encuentra notoriamente por fuera de los márgenes de legalidad y constitucionalidad y su uso actual implica someter a un riesgo innecesario los derechos de la ciudadanía, con una probabilidad muy elevada de que se instalen prácticas difíciles de erradicar, como ha ocurrido en los ámbitos de seguridad e inteligencia en nuestro país a lo largo del tiempo”.
*Fuente: WEB Destape