Durante decenas de años, Andalucía ha sido saqueada y explotada, causando destrucción mediambiental y contaminación de acuiferos, rios, mares, ciudades, zonas costeras…sin que el pueblo andaluz participara en los beneficios de esa destrucción mediambiental. A pesar de los beneficios obtenidos con la apropiación y explotación de nuestros recursos naturales, el pueblo andaluz está a la cabeza de los indices de paro y de pobreza y a la cola en los indices de bienestar.
Hoy, nuevamente y tras la desregularización ambiental aprobada por la Junta de Andalucía, los proyectos del capital español y de los grandes grupos de inversión pretenden continuar con la destrucción de nuestras costas y parajes naturales, así como convertir a Andalucía en el basurero de España con la creación o ampliación de basureros nucleares y de todo tipo de residuos.
Como muestra vamos a enumerar algunos de los proyectos que están pendientes de ser aprobados y que corren el peligro de realizarse si no hay la suficiente presión social para evitarlo:
- Urbanización en el Parque Natural de la sierra de Grazalema en el término municipal de Ubrique.
- Creación de nuevos vertederos de residuos peligrosos en Nerva (Huelva) y Bolaños (Jerez).
- Ampliación del basurero nuclear de El Cabril.
- Solicitud de la empresa Minera los Frailes para verter 14 hm cúbicos de aguas con alto contenido en mercurio y cadmio al Corredor verde del Guadiamar.
22 años después del vertido la reapertura de la Mina de Aznalcóllar es ambientalmente inviable
Por Ecologistas en Acción.
22 años después del vertido de 6,5 hm³ de lodos tóxicos por la rotura de la balsa de Boliden, la empresa Minera Los Frailes propone verter 14 hm³ de aguas tóxicas con alto contenido en mercurio y cadmio al Corredor Verde del Guadiamar, en contra de los informes de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.
Ecologistas en Acción registró el pasado lunes un escrito de alegaciones al Juzgado nº3 de instrucción de Sevilla, dentro de las Diligencias Previas 975⁄2015 donde se investigan los delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos, cohecho, tráfico de influencias, fraude y exacciones ilegales en la resolución del concurso minero que adjudicó al consorcio Minorbis-Grupo México los derechos para intentar la reapertura de las mina de la Aznalcóllar.
En esas alegaciones hemos dado traslado de dos importantes informes a los que hemos tenido acceso recientemente, uno del área de calidad de aguas de la CHG y otro del Instituto Geológico Minero de España (IGME). Ambos forman parte del expediente de solicitud de vertido de la empresa Minera Los Frailes a la cuenca del Guadiamar, y ambos informan desfavorablemente ese vertido, por sus consecuencias tóxicas.
En las bases del concurso minero se establecía la prohibición de “incluir la construcción de un depósito de lodos, ni de un acumulo de residuos líquidos tóxicos que puedan producir un vertido contaminante” y también incluía la siguiente obligación expresa: “las labores mineras no afectarán a los espacios naturales protegidos, en particular al Paisaje Protegido Corredor Verde del Guadiamar ni producirán un menoscabo de la cuenca de este río.
Sin embargo, las autoridades y funcionarios investigados por el Juzgado, informaron en 2015 favorablemente la propuesta que Minorbis-Grupo México presentaba como “vertido cero”, pero que debió ser inadmitida por incumplimiento flagrante de las bases del concurso destinadas a proteger el Corredor Verde del Guadiamar.
La empresa Minera Los Frailes, sin presentarse siquiera al concurso minero, se comporta de manera fraudulenta como titular de una concesión minera que ni siquiera existe todavía, y tramita de hecho una solicitud para verter 14 millones de m3 de aguas contaminadas a la Zona de Especial Conservación Corredor Ecológico del Guadiamar, incumpliendo de manera radical lo establecido en las bases del concurso.
Ahora hemos conocido, y hemos trasladado al Juzgado nº3 de instrucción de Sevilla, que el IGME afirma ‑en un informe solicitado por la CHG- que existe una conexión hidráulica entre las aguas superficiales y las aguas subterráneas de los acuíferos del río Agrio/Crispinejo/Los Frailes y del río Guadiamar, por lo que el vertido afectaría a esas aguas subterráneas. Y en consecuencia, los técnicos de la CHG concluyen que, dado su contenido en sustancias peligrosas, mercurio y cadmio, este vertido no puede ser autorizado por la legislación española.
Esto confirma que la propuesta de Minorbis-Grupo México, en la que Minera Los Frailes se ampara, se trataba realmente de un falso “vertido cero”, y por ello Ecologistas en Acción solicita al Juzgado la declaración del Presidente de la CHG y del técnico de la CHG redactor del informe desfavorable sobre el vertido propuesto.
Ecologistas en Acción considera además que el Juzgado nº3 de Sevilla no ha dado cumplimiento completo al último Auto de 6 de febrero de 2020 de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla cuyo ponente fue la Jueza Mercedes Alaya.
En dicho auto, Alaya desestimó la medida cautelar solicitada por Ecologistas en Acción de paralización de los procedimientos ambientales que está tramitando Minera Los Frailes ante la Junta de Andalucía, la Autorización Ambiental Unificada (AAU) y Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), sin embargo, admitió en su auto que la petición de Ecologistas en Acción cumplía con el requisito de apariencia de buen derecho, remitiéndose a su anterior Auto de 26 de septiembre de 2019 donde consideró que había indicios fundados de que “los derechos mineros derivados de la adjudicación del concurso estaban ostentados ilegítimamente por la sociedad Minera Los Frailes, pues la misma no intervino en el concurso y está controlada casi en su totalidad por Grupo México que tampoco participó en el mismo, y que además del presunto delito de prevaricación”.
También admitió Mercedes Alaya que se daba el requisito de mora procesal, “pues el retardo hasta el dictado de una eventual sentencia firme podría originar un perjuicio irreparable, a consecuencia de la ejecución del derecho de extracción, adquirido presuntamente de manera ilegítima por parte de Minera Los Frailes, en tanto que el yacimiento minero es un bien de dominio público estatal y supondría una actividad continuada en el tiempo”.
Sin embargo, la magistrada no admitió el planteamiento de Ecologistas en Acción acerca de los perjuicios que pudiera provocar ese retardo procesal a las arcas públicas, por causa de una futura reclamación patrimonial de Minera Los Frailes frente a una sentencia que le impidiese finalmente explotar la mina. Frente a eso, la Jueza Alaya consideró que “dicha entidad debe ser conocedora, tanto a través de algunas de esas personas que se encuentran personadas en las actuaciones como por la notoriedad de la causa, de la investigación penal que se está llevando a cabo y del riesgo económico que asume continuando con su proyecto minero, sin perjuicio de la comunicación que entienda el Juzgado a dicha mercantil a los efectos oportunos”.
Por eso, Ecologistas en Acción considera que el Juzgado nº3 tiene que realizar una comunicación expresa a Minera Los Frailes sobre la existencia de las diligencias previas que instruye desde hace 5 años, donde se cuestiona la propia legitimación de esa empresa para tramitar y realizar operaciones mineras.
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