Resumen Latinoamericano*, 25 abril 2020.
El proyecto de ley de urgente consideración (LUC) redactado por el Poder Ejecutivo ingresó ayer al Parlamento
con 501 artículos que deberán discutirse en el plazo de 90 días que
empiezan a correr a partir de hoy. El documento final contiene algunas
novedades respecto del borrador que se dio a conocer públicamente en
enero: entre otras, la habilitación del porte de armas para militares
retirados, que se suma a la habilitación de tenencia para policías
retirados, que ya estaba incluida en el proyecto.
El artículo 115 de la LUC añade a la Ley 19.775 (Ley Orgánica de las
Fuerzas Armadas) el siguiente artículo: “Artículo 30 BIS (Derecho al
porte de armas por el personal militar en situación de retiro). Sin
perjuicio de lo dispuesto, el personal militar en situación de retiro
que no posea antecedentes penales, previa evaluación de su idoneidad,
conforme a la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo, tendrá el
derecho de portar arma corta, la que deberá estar registrada con su
consiguiente Guía de Posesión actualizada. El Ministerio de Defensa
llevará un registro de Personal Militar en situación de retiro con Porte
de Armas vigente”. Según informó El País, la innovación fue propuesta por Cabildo Abierto.
Consultado en rueda de prensa al finalizar el Consejo de Ministros de este viernes, el canciller de la República, Ernesto Talvi, afirmó que es difícil que el Partido Colorado vote este artículo. Si bien aseguró que se va a analizar con detenimiento, sostuvo que “difícilmente” el partido “vea con buenos ojos que se amplíe el derecho de porte de armas”. Por su parte, consultado por la diaria en conferencia de prensa, el ministro de Defensa Nacional, Javier García, evitó manifestar su posición al respecto, pero afirmó que “toda ley puede tener mejoras” y “es perfectible”. “Lo que va a haber son mínimos respecto de lo que sale del Ejecutivo. Todo es perfectible, todo es mejorable, pero se parte del convencimiento del buen instrumento que estamos presentando”, sentenció.
*la diaria