Resumen Latinoamericano, 30 abril 2020
La hija del exdictador, Alberto Fujimori, no podrá ausentarse de su ciudad y deberá comparecer cada 30 días ante la oficina de control biométrico.
La Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior Nacional de Justicial Penal Especializada en Crimen Organizado de Perú, revocó este jueves la orden de prisión preventiva que pesa sobre Keiko Fujimori, por el delito de lavado de activos vinculado a la constructora brasileña Odebrecht, quien financió sus campañas electorales de 2011 y 2016.
El tribunal que presidió la jueza, Sonia Torre, concedió la apelación
interpuesta por la abogada de la excandidata presidencial, detenida en
el penal anexo de Mujeres de Chorrillos desde enero pasado, alegando un
posible riesgo de contagio de la Covid-19.
Los jueces
reconocen que la investigación del fiscal, José Domingo Pérez, tiene
sustento y fundamento legal, por lo que corrobora los cargos que se le
imputan a Fujijmori, hija del exdictador peruano, Alberto Fujimori.
Entre las evidencias del caso constan declaraciones de los exdirectivos
de Odebrecht, Jorge Barata y Marcelo Odebrecht, quien han asegurado que
la compañía aportó 1 millón de dólares para financiar la carrera
presidencial de Fujimori.
El poder judicial desestimó el cuestionamiento de la defensa de
Fujimori que apunta a desconocer un incremento injustificado de su
patrimonio tras el aporte financiero de la empresa brasileña. Asimismo,
consideran relevantes para el caso las declaraciones del empresario,
Jorge Yoshiyama y del excongresista, Rolando Reátegui, quienes revelaron
que en 2011 se usaron aportantes falsos para justificar los irregulares
ingresos de dinero al partido Fuerza Popular, organización política que
lidera Fujimori.
Sin embargo, los
magistrados concluyeron que «la sospecha de culpabilidad basada en la
contundencia de los elementos de convicción incriminatorios no es
suficiente por sí misma para dictar prisión preventiva».
De igual forma,
indicaron que el Ministerio Público «no muestra diligencia debida de
llevar a juicio a la imputada en menor plazo posible» y declinan el
peligro de obstrucción y la posible fuga que sostenían y justificaban
inicialmente la orden de prisión preventiva que proponía la Fiscalía.
De acuerdo con el
fallo, Fujimori no podrá ausentarse de su domicilio sin previa
autorización, deberá comparecer cada 30 días ante el Poder Judicial para
el control biométrico, además de presentarse ante los jueces y fiscales
cuando se le requiera. Además, no podrá comunicarse con el resto de
los imputados en la causa, testigos u otros órganos de prueba y deberá
efectuar el pago de una garantía económica de 70.000 soles (20.750
dólares, aproximadamente) dentro de cinco días hábiles.