Por Verónica Benaim 11 de Junio de 2020
El bloque de Juntos por el Cambio se retiró
cuando la iniciativa comenzó a tratarse argumentando que «rompía los
acuerdos» alcanzados entre las fuerzas políticas. El proyecto se votó
sin modificaciones así que ya es ley.
Con cruces cada vez más profundos entre opositores y
oficialistas se realizó la cuarta sesión remota en el Senado de la
Nación en la que el Frente de Todos convirtió en ley un proyecto que
significaba una deuda histórica para 9 millones de personas que alquilan
su vivienda en el país. Tras un nuevo «abandono virtual” del
interbloque Juntos por el Cambio, la iniciativa – que necesitaba de la
mayoría simple para poder ser ley, ya que contaba con dictamen favorable
de la Comisión de Legislación General- obtuvo 41 positivos aportados
por el oficialismo. Entre otras cosas, la ley establece que los
contratos de locación serán por tres años, que los aumentos sólo podrán
ser anuales y con índice que incluirá la inflación y el promedio de los
aumentos salariales.
El espacio que lidera Luis Naidenoff había
anticipado que no iba a participar de la votación del proyecto que le
da un nuevo marco legal a la relación entre inquilinos y locatarios. El
bloque opositor había considerarlo que era “un proyecto que está fuera
de lo que se había acordado” tratar en las sesiones remotas en el marco
de la pandemia por covid19.
Fue la senadora del
oficialismo Ana Almirón quien explicó el proyecto en el
recinto. “Teniendo en vigencia el decreto presidencial 320 dónde se
prorrogan los contratos y se suspenden los desalojos, aún siguen
habiendo abusos para nuestros inquilinos y desalojos violentos,
perjudicando a la parte más vulnerable, que son los inquilinos»,
sostuvo la titular de la Comisión de Legislación General. Almirón
agregó: “Hoy estamos modificando lo que tiene que ver con el Código
Civil y Comercial de la Nación en materia de locaciones, logrando con
ello un equilibrio entre locatario y locador, y protegiendo al
inquilino».
Por
su parte, la autora del texto original en 2016, la rionegrina Silvia
García Larraburu, recordó que la iniciativa «fue cajoneada durante toda
la gestión del expresidente Mauricio Macri». «Hay más de 9 millones de
familias que están esperando que sancionemos esta legislación y lo vamos
a hacer en nuestro gobierno. Vamos a legislar para ampliar
derechos»,agregó.
A su turno, el presidente del bloque del Frente
de Todos, José Mayans, apuntó nuevamente contra los legisladores de
Juntos por el Cambio: “Cómo se pueden negar al tratamiento de estos
temas que hacen a la cuestión de la emergencia, al manejo del Estado.
¿Qué quieren que esperemos? ¿Qué pase está pandemia que cada vez está
más difícil en la Ciudad de Buenos Aires? No se puede ser tan mezquino y
despotricar el trabajo del parlamento”. “Tienen la estrategia de un
relato lleno de mentiras y obstrucción”, agregó el formoseño.
Las críticas de la oposición.
La
sesión comenzó con un pedido de cuestión de privilegio de la senadora
cordobesa Laura Rodríguez Machado, del PRO, quien culpó a la presidenta
del Senado, Cristina Fernández, por romper un acuerdo político
alcanzado entre los senadores nacionales para que en las sesiones a
distancia se debatan únicamente asuntos relacionados con la emergencia
sanitaria por la pandemia. Rodríguez Machado, que es una de las pocas
que participa de manera presencial dentro del recinto por ser
vicepresidenta segunda de la Cámara, aprovechó la ocasión para leer un
artículo del decreto firmado por titular de la Cámara Alta en el que se
establecía: «El reglamento de las sesiones virtuales acota los temas a
tratar a temáticas relacionadas con la Covid-19». La senadora, que suele
estar en la Cámara con un tapabocas amarillos, manifestó: «Si no
respetamos las normas que nosotros mismos nos damos qué podemos pedir
que se respete al resto de las instituciones». Ante el planteo, al que
se sumaron distintos opositores, Cristina decidió no responder y
continuar con la sesión.
Después de una lista de 21 oradores, la
oposición acompañó la votación – también por unanimidad– del proyecto
de ley que establece una modificación en el artículo 19 de la ley 26.206
para incorporar la educación a distancia para menores de 18 años en
casos excepcionales. Al momento de defender su proyecto, el senador
Oscar Parrilli lamentó que los integrantes de la oposición se hayan
retirado para dar el debate. «Reclaman y después se van. La verdad que
es lamentable la actitud que están teniendo”.
La iniciativa del
neuquino dispone suspender por 180 días la constitución e inscripción de
Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) regulado en el Título III
de la Ley 27.349 (apoyo al capital emprendedor) y otras cuestiones
conexas. Con la aprobación en el Senado, giró a la Cámara de Diputados
que preside Sergio Massa.
Los principales puntos de la nueva ley de alquileres.
*Plazo mínimo: se amplía a tres años, con las excepciones del artículo 1199 del Código Civil y Comercial de la Nación.
*Expensas:
quedan a cargo del locatario aquellas que deriven de gastos habituales,
es decir, vinculados a los servicios normales y permanentes a su
disposición. Las expensas extraordinarias debe pagarlas el locador.
*Compensación
de pleno derecho: los gastos a cargo del locador pueden ser compensados
por el locatario con el importe de los alquileres, previa notificación
fehaciente.
*Intermediación: solo puede estar a cargo de un profesional matriculado para el corretaje inmobiliario.
*Garantía:
el locatario debe proponer al menos dos alternativas entre título de
propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, fianza o garantía
personal del locatario (recibo de sueldo, certificado de ingresos).
*Valor
de la garantía: el locador no puede requerir UNA garantía que supere el
equivalente a cinco veces el valor mensual de la locación, salvo el
caso de que la garantía sea de ingresos, en cuyo caso puede elevarse a
diez veces.
*Ajustes: en la fijación del valor de los alquileres
solo se admiten ajustes anuales. Los ajustes deben seguir un índice
conformado en partes iguales por la inflación y el RIPTE (índice de
aumento salarial promedio de los trabajadores estables).
*AFIP: se establece la obligatoriedad de declarar los contratos de locación ante la AFIP.
*Programa
Nacional de Alquiler Social: se establece su creación para la adopción
de medidas que faciliten el acceso a la vivienda digna en alquiler
mediante contratación formal, con especial consideración de las personas
en situación de violencia de género, la regulación de la actividad de
las entidades que otorgan garantías de fianza o seguros de caución, la
promoción de un seguro obligatorio para cubrir las faltas de pago de
alquileres y las indemnizaciones por daños y ocupación indebida de
inmuebles.
*Medios alternativos de resolución de conflictos: se
dispone el desarrollo de mecanismos de bajo costo o gratuitos para la
resolución de conflictos derivados de los contratos de locación.