Por María Isabel Burbano, Resumen Latinoamericano, 14 de agosto de 2020.
Quito, 14 ago (La Calle).- El Ministerio de Trabajo presentó los cálculos del décimo tercero y décimo cuarto sueldos. Según el gobierno de Lenín Moreno, estos montos se calcularán sobre el horario laborado. La excusa que presentaron es la disminución de la jornada laboral y el salario por la emergencia sanitaria de Covid ‑19.
De acuerdo con el primer cuadro, desde abril de 2020, la cifra proporcional a salario básico unificado cambia de USD 33,33 a USD 24,99 por el acuerdo emergente del Ministerio de Trabajo. Para julio, por la reducción de jornada y sueldos estipulada en la Ley Humanitaria, el monto llega a USD 16,66. Lo que da un total de USD 358,27 para la decimocuarta remuneración. Las horas laborables pasan de 240 a 180 y finalmente a 120.

Por otro lado, para el cálculo del decimotercer sueldo, las remuneraciones pasan de USD 400 que es el salario básico unificado a USD 300 desde el mes de abril y USD 220 desde el mes de agosto hasta noviembre. Un total de USD 3.680. El valor de la decimotercera remuneración será USD 306.66.

El artículo cuatro del ![]()
Código del Trabajo indica que “Los derechos del trabajador son irrenunciables. Será nula toda estipulación en contrario”. Disposición que reitera el artículo 326 de la
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Constitución “Los derechos laborales son irrenunciables e intangibles. Será nula toda estipulación en contrario”. Los cambios en los décimos violan este principio legal.
Fuente: Radioalacalle.