.Resumen Latinoamericano, 3 de octubre de 2020.
196 días de aislamiento obligatorio: 139 Femicidios, 3 Transfemicidios
y 8 Femicidios vinculados de varones.
Los últimos 14 días se produjeron 10 femicidios y un nuevo transfemicidio según el informe numero catorce desde que se implementó el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) del Observatorio de Femicidios en Argentina “Adriana Marisel Zambrano” de La Casa del Encuentro. Esta cifra, que no desciende, demuestra que la violencia se incrementa a diario, al igual que los femicidios/transfemicidios.
En valores absolutos, Buenos Aires sigue siendo la provincia con más casos. El 63% fue asesinada en su vivienda, dejando 164 hijas e hijos sin madre. El 64% de los femicidas eran parejas o exparejas. El detalle del informe muestra ‑igual que todos los anteriores- que la vivienda compartida es el sitio más inseguro para las mujeres y que los golpes son la principal causa de muerte.
139 femicidios y 3 transfemicidios son 142 vidas perdidas y las políticas públicas fueron insuficientes para evitarlo. El ASPO nos posibilitó reconocer las realidades que atraviesan las mujeres y diversidades en Argentina. La labor del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad debería centrarse en fortalecer ‑con los indicadores que surgen de las atenciones de la Línea 144- a cada una de las provincias para garantizar los derechos vulnerados de las personas en situación de violencia.
Insistimos en exigir el compromiso del parte del Estado en garantizar el acceso a la justicia, que no culmina con la mera radicación de la denuncia. El detalle del informe muestra que:
- 19 víctimas habían realizado denuncia.
- 2 femicidas tenían prohibición de acercamiento.
- 6 femicidas pertenecen o pertenecieron a una fuerza de seguridad.
Los indicadores que determinan el otorgamiento de medidas de protección deben funcionar, además, como base de nuevas políticas públicas. Que solamente 19 mujeres hayan logrado radicar una denuncia obliga al «Programa Interministerial de abordaje integral de las violencias extremas por motivos de género», a repensar que recursos debe poner a disposición para que, en esta situación de excepción, ninguna mujer quede sin protección.
Es imprescindible garantizar que el Cuerpo de Abogadas y Abogados para Víctimas de Violencias de Género funcione en todo el país ya que tanto el litigio estratégico ‑que permitió el avance en la jurisprudencia con el reconocimiento del travesticidio y transfemicidio‑, como el patrocinio jurídico gratuito son ejes fundamentales en la lucha por los derechos de las mujeres y la sensibilización del Poder Judicial en materia de género.
Por otra parte, la evaluación de los resultados prácticos de la Ley Micaela (recepción de denuncias, procesos judiciales en los que se evite la revictimización y sentencias con perspectiva de género) deben considerarse para poder determinar los efectos de la Ley en la labor que desarrollan a diario las personas que integran el Estado, además de la publicación de los nombres de las funcionarias/os públicos que la realizaron, tal como lo indica la ley.
En el análisis de esta estadística, registramos además que:
13 víctimas tenían indicio de abuso sexual.
10 víctimas eran migrantes.
2 víctimas de femicidio Estatal (aborto inseguro)
4 víctimas en situación de prostitución.
4 víctimas estaban embarazadas.
3 víctimas eran mujeres trans.
1 víctima de pueblos originarios.
No son sólo cifras, son personas a las que no se protegió de la violencia de género.