El Gobierno central retirará su recurso ante el Tribunal Constitucional con el Decreto Ley 2/2020, de 9 de marzo, de “mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía” aprobado por la administración andaluza(PP‑C’s‑Vox). De esta forma el gobierno estatal de PSOE-UP consiente la modificación que implanta el decreto que permitirá la realización en Bienes de Interés Cultural de obras de “escasa entidad constructiva” (como obras interiores que no afecten al subsuelo, a la estructura y configuración arquitectónica ni a elementos decorativos) sin que tengan que tener autorización administrativa.
Tras este acuerdo tan solo deberán ser comunicadas con carácter previo a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico, que “valorará la intervención y formulará, en su caso las medidas correctoras que se estimen imprescindibles”. De este modo, en virtud del acuerdo alcanzado, en relación con el artículo 13 del Decreto Ley 2/2020, por cuanto modifica el artículo 33.3 de la Ley 14⁄2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, la Junta se compromete a la modificación del citado artículo 33.3.
Respecto a otras discrepancias suscitadas en torno al apartado cuatro del artículo 28 del Decreto Ley 2/2020, por el que se da nueva redacción al artículo 37.b) de la Ley 10/2018, audiovisual de Andalucía, y al apartado seis del artículo 28 del Decreto Ley 2/2020, en virtud del cual se suprime el artículo 40 de la Ley Audiovisual de Andalucía, también se han asumido acuerdos puramente cosméticos.
Fuente: ABC /Andalucía Información
Francisco Vílchez
Andaluz de Granada (1980). Grado en Humanidades en la UGR. Pluriempleado en el sector servicios y aficionado a hablar de lo que la prensa no dice ni pío.
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