Se trata de poner fin a la impunidad del Estado de Israel, ante sus actos aberrantes, agresiones, amenazas, bloqueos, crímenes, chantajes, discriminaciones, encarcelamientos, hostigamientos, intimidaciones, irrespetos, persecuciones, represalias, represiones, sanciones y torturas, a través de conocidas y nuevas prácticas, violatorias del Derecho Internacional y de los Derechos Inalienables del Pueblo Palestino…
Se cumplen ya 45 años desde que se conmemoró el “Día de la Tierra Palestina”, el 30 de marzo de 1976. Ha sido un largo período de crueles, inimaginables e insufribles agresiones y violaciones hacia los derechos inalienables del Pueblo Palestino, por parte del Estado Judío de Israel, un ente estatal colonizador, conquistador y usurpador que, les roba territorios. Se trata de todo un proceso ilegal y supremacista, a partir de su innegable estirpe sionista.
Este escenario dramático, se da en general, ante la llamada Comunidad Internacional, algo ambigua, condenatoria, contradictoria y declarativa, pero, a veces, ineficaz e inoperante, en lo concreto, a pesar de más de 25 Resoluciones ‑desde la N° 194 del 11 de diciembre de 1948‑, de las Naciones Unidas, su Consejo de Seguridad y su Asamblea General, así como de algunas de sus principales agencias y organismos.
Por cierto, como parte de su anómala e incómoda inserción internacional ‑en muy variados ámbitos‑, Israel las incumple y las irrespeta, desafiantemente, con la misma sistematicidad con que viola los derechos humanos de los habitantes no solo de sus territorios fronterizos limítrofes, sino que, aún, de sus entornos cercanos hacia el este, en pleno Medio Oriente.
En el contexto del enfoque que, desarrollo y sintetizo aquí, es de primordial importancia tener en cuenta la primacía y la vigencia del Derecho Internacional y de esa piedra angular que es la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas que, suscrita el 18 de abril de 1961, entró en vigor el 24 de abril de 1964.
En efecto, es cardinal, para comprender y conocer, considerar la Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas 43⁄177, del 15 de diciembre de 1988, que tomó nota de la Declaración de Independencia del Estado de Palestina, emanada del Consejo Nacional Palestino el 15 de noviembre de 1988 que, sustituyó el nombre de la Organización para la Liberación de Palestina (OLP), por el de Palestina, en el Sistema de las Naciones Unidas.
Así, desde diciembre de 1988, el Estado de Palestina es sujeto del Derecho Internacional y actor de las relaciones internacionales contemporáneas, en aquello esencial que se funda en el reconocimiento entre Estados soberanos, estableciendo sus Relaciones Diplomáticas. A nivel mundial, la República Argelina Democrática y Popular, junto a otros 10 países de Medio Oriente, y Malasia, del sudeste asiático, fueron primeros en reconocer al Estado de Palestina, el 15 de noviembre de 1988. Cuba y Nicaragua fueron los primeros países de la actual Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (Celac) en reconocerlo el 16 de noviembre de 1988, junto a otros 12 países, en la misma fecha. Durante el referido mes de noviembre de 1988 lo hicieron 40 países más, entre ellos la actual Federación de Rusia, la República Popular China, India, Vietnam y países de Europa Central y Oriental (los PECO).
Al mes de agosto de 2019, 139 de los 193 de los Estados Miembros de las Naciones Unidas habían reconocido al Estado de Palestina, más dos Estados No Miembros de ONU, el Estado de la Ciudad del Vaticano (estatus de Observador Permanente en Naciones Unidas) y la República Árabe Saharaui Democrática (considerada Territorio No Autónomo en la ONU).
Chile solo reconoció al Estado de Palestina, el viernes 7 de enero de 2011, a pesar de tener la segunda más numerosa comunidad palestina en los países de América Latina y el Caribe, con destacada presencia de numerosos de sus integrantes, colaborando en diversas acciones, actividades e instituciones nacionales. Asimismo, la misión diplomática de la Embajada de Palestina en nuestro país, tiene como jefe a un embajador residente, S.E. Imad Nabil Jada’a.
Y debiera conocerse que la Asamblea General aprobó, el jueves 29 de noviembre de 2012, por 138 votos favor, 9 en contra y 41 abstenciones, la Resolución 67⁄19 que otorga el estatus de “Estado Observador No Miembro” de Naciones Unidas al Estado de Palestina.
A mayor ahondamiento, el 17 de diciembre de 2012, el jefe de Protocolo de las Naciones Unidas en ese entonces decidió que “la designación del Estado de Palestina será usada por el Secretariado en todos los documentos oficiales de las Naciones Unidas”, lo que conlleva reconocer la fórmula “Estado de Palestina” como el nombre oficial de la nación palestina.
Es en todo este contexto diplomático, y actual sanitario, en la arena internacional, que, el Estado agresor de Israel no cesa en su inventiva para hostigar, bajo modalidades de nuevo tipo, incluso a los representantes diplomáticos y gubernamentales del Estado de Palestina.
En efecto, el domingo 21 de marzo de 2021, el Estado de Israel generó un grave incidente, irrespetando las inmunidades diplomáticas de altas autoridades y personalidades palestinas, cuando regresaban a Palestina, a través del cruce de Karama, en la frontera con Jordania. Se permitió retirar las credenciales para personas importantes del ministro de Relaciones Exteriores y Asuntos de Expatriados, Riyad Al-Malki; hostigando igualmente al ministro Adjunto de Relaciones Exteriores y Relaciones Multilaterales, embajador Ammar Hegazy; y al jefe del Departamento de Naciones Unidas y sus Organizaciones, embajador Omar Awadallah; haciéndoles controles de seguridad a todos ellos, e interrogándolos.
Como es de público conocimiento, el jueves 18 de marzo de 2021 la delegación palestina, encabezada por el ministro Riyad Al-Malki, se había reunido con la Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) Fatou Bensouda, en su sede de La Haya, en el marco de la cooperación y trabajos dimanantes de una investigación criminal abierta en contra de Israel, a demanda del Estado de Palestina, con título de referencia y registro: “Presuntos crímenes cometidos en el territorio palestino ocupado, comprendido Jerusalén Este, desde el 13 de junio de 2014”.
Debe recordarse que, el Estado de Palestina firmó el Estatuto de Roma el viernes 2 de enero de 2015, y su ingreso como Estado Miembro de la Corte Penal Internacional se concretó el miércoles 1 de abril de 2015, con efectos retroactivos al viernes 13 de junio de 2014.
La Corte Penal Internacional emitió su “Informe sobre las Actividades de Examen Preliminar de 2020 (Palestina)”, de 6 páginas, con fecha lunes 14 de diciembre de 2020.
Y es dable conocer, y tener presente que, posteriormente, el viernes 5 de febrero de 2021, la Sala de Cuestiones Preliminares I de la CPI emitió su histórica Decisión [ICC-01/18 – 143], por mayoría, afirmando que, “la jurisdicción territorial de la Corte en la cuestión de Palestina se extiende a los territorios ocupados por Israel desde 1967, a saber, Gaza y Cisjordania, incluido Jerusalén Este”, dado que Palestina es parte del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. Además, los jueces añadieron que dicha conclusión es coherente con el derecho de autodeterminación.
Y, ya el miércoles 3 de marzo 2021, la fiscal Bensouda confirmó el inicio de la investigación en comento, asegurando que esta “se llevará a cabo de forma independiente, imparcial y objetiva, sin miedos ni favores”. Explicó que “la decisión de abrir una investigación se ha tomado después de un examen preliminar meticuloso por parte de mi oficina que duró casi cinco años”. Y, complementó señalando que con la creación de la CPI, los Estados parte reconocieron que los crímenes atroces son “una amenaza para la paz, la seguridad y el bienestar del mundo” y resolvieron “garantizar el respeto duradero y la aplicación de la justicia internacional”.
Ahora bien, en la reunión ya referida, del 18 de marzo de 2021, el ministro Riyad Al-Malki expresó la disposición palestina para brindar apoyo, en todas sus labores ad hoc a la fiscal, su equipo y a la Corte Penal Internacional ante las amenazas recibidos por ellos, así como a los dirigentes palestinos, por sus intentos para avanzar en pos de esa justicia internacional.
Por cierto, el nuevo fiscal de la CPI, el abogado británico Karim A. A. Khan, elegido el 12 de febrero, en dos rondas de votaciones, por solo 72 de 122 votos, deberá continuar junto con su equipo esta crucial investigación, cuando asuma su cargo el 16 de junio de 2021.
Se trata de poner fin a la impunidad del Estado judío de Israel, ante sus actos aberrantes, agresiones, amenazas, bloqueos, crímenes, chantajes, discriminaciones, encarcelamientos, hostigamientos, intimidaciones, irrespetos, persecuciones, represalias, represiones, sanciones y torturas, a través de conocidas y nuevas prácticas, violatorias del Derecho Internacional y de los Derechos Inalienables del Pueblo Palestino; dando paso a un proceso de rendición de cuentas, y de claras condenas y de responsabilidades, ante la llamada Comunidad Internacional, representada, en la especie, por la Corte Penal Internacional.
En la hora presente, el “Día de la Tierra Palestina” amerita una acuciante reflexión y tiene una plena vigencia solidaria, para difundirlas, a niveles nacional e internacional.
Jorge Vera Castillo/Cooperativa.cl
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