Resumen Latinoamericano, 4 de abril de 2021
Así lo solicitó el abogado de la comunidad Paichil Antriao a la jueza Andrea Di Prinzio que intimó el 23 de marzo pasado a los ocupantes a devolver el lote contiguo a Puerto Elma a su propietario, bajo apercibimiento de ordenar su desalojo. La magistrada desestimó el pedido del INAI.
El abogado de la comunidad mapuche Lof Paichil Antriao pidió a la jueza Andrea Di Prinzio, que subroga el juzgado civil 2 de Junín de los Andes, que ordene “la suspensión de la ejecución de la sentencia” que intima a integrantes de la comunidad mapuche a restituir un lote que ocupan a un particular.
Además, el abogado solicitó a la jueza que suspenda “todos los actos procesales que compelan el desalojo de la Comunidad Mapuche que represento” sobre las tierras en disputa hasta tanto “adquiera firmeza la sentencia y/o se complete el relevamiento territorial ordenado por la Ley 26.160” de comunidades indígenas.
Además, Sánchez pidió a la jueza que se corra vista al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) del pedido de suspensión de la ejecución de sentencia, para que informe si la comunidad que representa se encuentran alcanzados por las previsiones ordenadas en el artículo 2 de la Ley 26.160.
El abogado pretende que el INAI informe si el predio que la sentencia ordena restituir al propietario, “se encuentra relevado o en proceso de relevamiento territorial ordenado por la aludida Ley”.
La presidenta del INAI, Magdalena Odarda, había pedido a la jueza suspender la restitución del lote, ubicado al lado de Puerto Elma, a Carlos Popik. La funcionaria nacional le recordó a la magistrada la vigencia de la ley 26.160 que “suspende por el plazo de la emergencia declarada, la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras”, que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas en el país.
Sin embargo, Di Prinzio recordó que el INAI no es parte en el proceso judicial. “Sin perjuicio de que el INAI no es parte en el proceso ni se le pidió el informe que remite, agréguese la nota, téngase presente y hágase saber a las partes que deberán estarse a lo resuelto en la sentencia que se halla firme”, resolvió la jueza el 29 de marzo último.
El abogado de la comunidad advirtió en el escrito que presentó el miércoles ante la jueza que la sentencia aún no está firme porque falta que la Corte Suprema resuelva si admite o rechaza el recurso de queja presentado tiempo atrás.
Sánchez pretende que la Corte revise la sentencia que el juez Andrés Luchino dictó en febrero de 2019 y que condenó a Elma Quiroga, Arsenio Miranda y la comunidad mapuche Lof Paicil Antriao y demás ocupantes a restituir la posesión del inmueble que ocupan al propietario (por Popik), en un plazo de 30 días.
El abogado de la comunidad mapuche apeló, pero la Cámara de Apelaciones en lo Civil del interior de la provincia confirmó en agosto de 2019 el fallo de Luchino.
La comunidad mapuche recurrió al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Neuquén que declaró inadmisible el 27 de julio del año pasado el recurso que había presentado contra la sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Civil de San Martín de los Andes.
El abogado de la comunidad volvió a la carga. Presentó un recurso extraordinario federal para que el caso sea analizado por la Corte Suprema.
Sin embargo, los jueces de la Sala Civil del TSJ de Neuquén Roberto Busamia y Evaldo Moya declararon el 18 de diciembre del año pasado inadmisible el recurso extraordinario federal presentado por la Comunidad Mapuche Lof Paichil Antriao y le impusieron las costas. Por eso, Sánchez interpuso el recurso de queja ante la Corte Suprema.
FUENTE: La Angostura Digital
EL INAI PIDE A LA JUSTICIA NEUQUINA QUE NO SE EJECUTE UN DESALOJO
Magdalena Odarda, titular del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, envió una carta a la jueza Andrea Di Prinzio en la que solicitó la suspensión de la orden de restituir un predio en disputa entre la comunidad Paichil Antriao y un privado.
Se trata del caso en el que la jueza Di Prinzio intimó a Elma Quiroga, José Arsenio Miranda y la comunidad mapuche Paichil Antriao a restituir en diez días la posesión de un lote a Carlos Alberto Popik, “bajo apercibimiento” de ordenar el desalojo.
Según el portal La Angostura Digital, la presidenta del INAI solicitó que se aplique la Ley 26160 de Comunidades Indígenas, que suspende la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras ocupadas ancestralmente por comunidades.
El predio en conflicto está ubicado en la zona conocida como Puerto Elma, de Villa la Angosutra y es reclamado por Popik desde el año 2005. Más acá en el tiempo también comenzó un reclamo similar Tije Inversiones SA, dueña de la hostería La Posada, ubicada en la misma zona.
La jueza Di Prinzio, según la información publicada, se dispone a ejecutar la sentencia que el juez civil Andrés Luchino dictó en febrero de 2019, cuando admitió la demanda y ordenó devolver el lote a Popik porque concluyó que había probado ser el propietario.
La presidenta del INAI destacó en la nota que envió a la Justicia que la Ley 26160 sancionada el 1 de noviembre de 2006 había declarado “la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país, cuya personería jurídica haya sido inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas u organismo provincial competente o aquellas preexistentes, por el término de 4 años”.
Y recordó que el artículo 2 de esa norma “suspende por el plazo de la emergencia declarada, la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras contempladas en el artículo 1º”.
“La presente solicitud se realiza con fundamento en las disposiciones de la propia ley de orden público, que designa a este Instituto Nacional de Asuntos Indígenas ‑INAI- como órgano ejecutor de la misma y las disposiciones de la Ley 23302 y su Decreto reglamentario Nº 155⁄89 que indican al INAI como organismo responsable de la atención y apoyo a los miembros de las Comunidades Indígenas del país, su defensa y desarrollo para su plena participación”, explicó Odarda.