Más de cien letrados laboralistas del Estado español han firmado un manifiesto en el que reclaman derogar el contenido esencial de las últimas reformas del mercado de trabajo.
Ante las negociaciones impulsadas por el Ministerio de Trabajo con la mesa de diálogo social para sacar adelante este asunto en un plazo determinado, los abogados de reconocida trayectoria que suscriben el documento han tomado la iniciativa de hacer públicas una serie de opiniones y propuestas nacidas de su experiencia profesional y del compromiso con la defensa de los derechos de los trabajadores.
Como premisa, parten de que «aprobar una nueva reforma laboral no significa necesariamente derogar la reforma laboral aprobada en 2012», si bien reconocen que durante las últimas décadas se ha constatado un grave retroceso de los derechos de los trabajadores y trabajadoras que se ha tratado de justificar de diferentes formas. Una de ellas, es el recurso a la llamada “flexiseguridad”, adoptada como política oficial por la Unión Europea y según la cual es necesario dotar de una mayor flexibilidad a las empresas para garantizar, a cambio, mayor estabilidad en el empleo.
Sin una práctica que confirme esas teorías, consideran necesario impulsar un cambio de tendencia que permita recuperar los derechos laborales y sociales. Para ello, plantean un conjunto de quince iniciativas, como volver a la indemnización equivalente a 45 días de salario por año y de los salarios de tramitación en caso de despido improcedente.
En estos casos reclaman que se establezca el derecho de opción entre readmisión e indemnización por parte del trabajador o un baremo de indemnizaciones en situaciones de nulidad. Por otro lado, abogan por prohibir los despidos colectivos por causas económicas en empresas con beneficios, así como vetar las empresas de trabajo temporal en favor de una recuperación de funciones por parte del Servicio Público Estatal de Empleo.
También proponen la prohibición tanto de externalizar servicios prestados anteriormente con personal de la propia empresa, como de subcontratar servicios que formen parte esencial del mismo proceso productivo o servicio prestado. Por último, dentro de los procedimientos de extinción del contrato por incumplimiento empresarial, piden que exista el derecho a cesar de la prestación de serviicos manteniendo el salario.
Fuente: Confilegal.
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