Resumen Latinoamericano, 28 de octubre de 2021.
Eduardo Ferro a la salida del juzgado, luego de ser procesado por la desaprición de Óscar Tassino (archivo, abril de 2021). Foto: Ernesto Ryan
La iniciativa propone otorgar prisión domiciliaria a reclusos mayores de 65 años y de la forma que está redactada contemplaría a más de 20 torturadores y violadores de los derechos humanos.
El proyecto de ley que presentó Cabildo Abierto (CA) para otorgar la prisión domiciliaria a procesados y condenados mayores de 65 años que se encuentren privados de libertad en cárceles beneficiaría a más de 20 represores que se encuentran cumpliendo pena en la Unidad 8 Domingo Arena por crímenes cometidos en la dictadura. Jorge Pajarito Silveira, Jorge Charleta Gundelzoph y Eduardo Ferro son algunos de los potenciales beneficiarios de esta iniciativa, que está a estudio del Parlamento.
Si bien el proyecto plantea algunas excepciones para la aplicación de esta medida, como la violación y el homicidio agravado, estas no aplican para los casos en los que haya transcurrido desde el momento en que se cometió el delito un tiempo equivalente a dos tercios de la pena máxima establecida para este delito. También se exceptúan los crímenes y delitos de lesa humanidad contenidos en la Ley 18.026 “que se hubieran cometido con posterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la referida ley”, es decir, recién luego de 2006. De esta forma, según confirmaron a la diaria fuentes especializadas en la temática, los torturadores que hoy están presos –todos mayores de 65 años– no quedarían exceptuados y este beneficio recaería sobre ellos. Además, si se aprueba, también beneficiará a las personas de esa edad que sean procesadas en el futuro por crímenes ocurridos en la dictadura. En lo que va del año, 13 represores ingresaron a Domingo Arena por delitos vinculados al terrorismo de Estado.
¿Quiénes serían los beneficiados?
- Rodolfo Gregorio Álvarez Nieto (sobrino de Gregorio Goyo Álvarez). Procesado en 2017 por tres delitos de encubrimiento en concurrencia fuera de la reiteración con tres delitos de privación de libertad en calidad de coautor. Fue el primer procesado por torturas durante la dictadura, por las torturas sistemáticas que padeció Gerardo Riet Bustamante, dirigente del Sindicato Único Nacional de la Construcción y Afines, en 1980.
- Jorge Silveira Quesada. Procesado en 2006 por 28 delitos de homicidio, entre ellos el del militante de la Agrupación de Funcionarios de UTE y del Partido Comunista (PCU) Oscar Tassino. En 1977, Silveira se desempeñaba como oficial del Órgano Coordinador de Operaciones Antisubversivas (OCOA); en su legajo personal oficiales superiores destacan su “abnegación” en la lucha antisubversiva, “en particular en los golpes dados últimamente al ilegal Partido Comunista”, y señalan que “no ha escatimado esfuerzos para poder llevar adelante la misión asignada a este órgano”; además, fue identificado por distintas víctimas que pasaron por La Tablada. También fue procesado con prisión por la causa que investiga la denuncia realizada en 2011 por 28 ex presas políticas por abusos sexuales y torturas entre 1972 y 1983.
- José Sande Lima. Procesado en 2006 por 28 delitos de homicidio muy especialmente agravados en calidad de autor. Fue uno de los 14 condenados a cadena perpetua por la Justicia italiana por su participación en el Plan Cóndor, la coordinación entre las dictaduras del Cono Sur de América Latina en los años 70 para perseguir y eliminar a opositores políticos.
- Ernesto Soca Prado. Procesado en 2010 por 28 delitos de homicidio muy especialmente agravados en reiteración real. Cometió crímenes en Argentina y Uruguay en el marco de la coordinación represiva del Plan Cóndor. También fue condenado en Italia por su participación en el Plan Cóndor.
- Ricardo Medina Blanco. Procesado en 2006 por 28 delitos de homicidio muy especialmente agravados. Integró la Policía Nacional y el OCOA y está condenado por su participación en el Plan Cóndor. Es uno de los principales acusados de ejecutar el asesinato y la desaparición de María Claudia García de Gelman y [fue imputado en la causa que investiga los asesinatos de Zelmar Michelini, Héctor Gutiérrez Ruiz, William Whitelaw, Rosario Barredo y la desaparición de Manuel Liberoff.
- José Puigvert. Procesado en 2015 por un delito de homicidio político. Se trata del asesinato de Aldo Perrini en febrero de 1974, que murió por las torturas recibidas en el Batallón de Ingenieros 4 del departamento de Colonia.
- Miguel Sofía. Procesado por un delito de asociación para delinquir con la coautoría de un delito de homicidio muy especialmente agravado. Sofía era un empresario vinculado a la Juventud Uruguaya de Pie (JUP), al que se le atribuye el secuestro y la desaparición del tupamaro Héctor Castagnetto. Castagnetto fue detenido por integrantes del Escuadrón de la Muerte el 17 de agosto de 1971 y trasladado a una casa en Carrasco, ubicada en las calles Araucana y la rambla, donde fue interrogado y torturado. Al día siguiente el joven de 19 años fue llevado al puerto de Montevideo y, con la autorización del capitán de Marina Jorge Nelson Nader, fue arrojado al mar.
- Lawrie Rodríguez. Procesado por el asesinato en 1974 de Iván Morales Generalli, un militante de la Federación Anarquista del Uruguay y de la Organización Popular Revolucionaria 33 Orientales. Está vinculado a otros casos de delitos de lesa humanidad cometidos durante el período de terrorismo de Estado, y en 2011 reconoció haber dado cobijo y alimentación en su casa al coronel retirado Gilberto Vázquez, luego de la fuga de este del Hospital Militar en 2006. El senador y líder de Cabildo Abierto, Guido Manini Ríos, calificó su procesamiento como una “violación de los derechos humanos” en la media hora previa de la sesión del Senado del 14 de abril de 2020.
- Leonardo Vidal. Fue procesado por el asesinato por la espalda del militante tupamaro Nelson Berreta, el 15 de julio de 1972, cuando intentaba fugarse durante un traslado. Por este procesamiento, el ministro de Defensa Javier García manifestó su “preocupación” y la del presidente, y alegó que se produjo “casi 50 años después del episodio que motivó el procesamiento” y que el soldado solamente estaba cumpliendo órdenes.
- Jorge Charleta Gundelzoph. Procesado por la comisión de un delito continuado de abuso de autoridad contra los detenidos en concurrencia fuera de la reiteración con un delito de privación de libertad. Gundelzoph perteneció al PCU y terminó colaborando con la Fuerzas Armadas durante la dictadura, delatando, señalando, deteniendo y participando en interrogatorios bajo tortura a sus propios excompañeros.
- Hugo Garciacelay. Fue procesado junto con Nelson Heber Coitinho por un delito de homicidio especialmente agravado en la causa que investiga la muerte de Julián Basilicio López, taxista de 66 años y militante del PCU, asesinado por torturas).
- Mario Ramos. Procesado el 14 de diciembre de 2020 junto con Nelson Fornos por reiterados delitos de abuso de autoridad en calidad de autores cometidos en su participación en interrogatorios (que incluyeron torturas) contra detenidos políticos en el Grupo de Artillería 2, en Trinidad, durante la dictadura.
- Ayelmiro Pereira. Procesado por tres delitos “de privación de libertad en concurrencia fuera de la reiteración con cuatro delitos” de abuso de autoridad contra detenidos en la sede de la entonces Guardia Metropolitana (conocida como guardia de granaderos) en 1974. Pereira fue jefe de Policía de Cerro Largo entre 2001 y 2005. Según información del Observatorio Luz Ibarburu, asistió a cursos de formación policial en Washington en 1973 y tres años después fue distinguido por participar en la guardia del dictador Augusto Pinochet en una visita a Uruguay. A fines de los 70, ingresó a la Guardia Republicana y se retiró con el grado de inspector general.
- Eduardo Ferro. Procesado por la desaparición del militante comunista Oscar Tassino, ocurrida el 21 de julio de 1977, en un operativo a cargo de integrantes del OCOA. Los dueños de la casa en la que Tassino fue secuestrado llegaron a identificar a Ferro como uno de los militares participantes en el operativo, quien los amenazó para que abandonaran el país.
- Raúl Scioscia. Procesado por privación de libertad y violencia privada contra unos 30 detenidos por la dictadura en el centro clandestino conocido como 300 Carlos, un centro de torturas, también conocido como Infierno Grande, que funcionó entre 1975 y 1977 en el predio del Batallón de Infantería Blindado 13, en Avenida de las Instrucciones y Camino Casavalle, y era controlado por el OCOA.
- Carlos Frachelle. También procesado por privación de libertad y violencia privada contra unos 30 detenidos del 300 Carlos y el Batallón de Infantería 13.
- Mario Cola. Procesado también en junio de este año por los delitos cometidos en el centro de detención clandestino 300 Carlos y en el Batallón de Infantería 13.
- Antranig Ohannessian. Procesado en junio por el asesinato del militante Gerardo Alter, ocurrido en agosto de 1973. Anteriormente había sido procesado por los delitos de abuso de autoridad contra detenidos, privación de libertad, lesiones graves y atentado violento al pudor, por la denuncia realizada en 2011 por 28 ex presas políticas por abusos sexuales y torturas entre 1972 y 1983.
- Pedro Buzó. Procesado por el homicidio de Gerardo Alter.
- Néstor Ramón Silvera. Procesado por el asesinato de Alter.
- Alberto Ballestrino. Procesado en agosto de este año por el homicidio del trabajador rural y militante del Partido Comunista Revolucionario Óscar Fernández Mendieta, quien murió torturado en el Regimiento de Caballería 2 de Durazno el 24 de mayo de 1973. También fue procesado por abuso de autoridad contra detenidos.
- Gustavo Mieres. Procesado junto con Ballestrino por el asesinato de Fernández Mendieta.
- Ariel Ubillos. Procesado junto con Lawrie Rodríguez por el asesinato del estudiante Hugo Leonardo de los Santos Mendoza, ocurrido en setiembre de 1973 en el Regimiento de Caballería 6. Es uno de los 100 agentes denunciados por las ex presas políticas en la causa que inició en 2011 por abuso sexual y torturas durante el terrorismo de Estado
- Enrique Uyterhoeven. Procesado por torturas en el centro clandestino La Tablada contra una decena de presos políticos, por los delitos de privación de libertad, abuso de autoridad y lesiones graves en calidad de autor y un delito de privación de libertad en calidad de coautor. El excapitán integró el OCOA entre marzo de 1981 y principios de 1982.
- Carlos Chajá Chaine. Procesado por la autoría de reiterados delitos de abuso de autoridad contra los detenidos y reiterados delitos de lesiones graves, en concurrencia, fuera de la reiteración con cuatro delitos de privación de libertad en calidad de autor. Esto refiere a las torturas contra cuatro militantes del PCU en febrero de 1976.
- Armando Méndez. Procesado por el asesinato de Alter. Fue integrante del OCOA y participó en el operativo de detención de Alter, en Camino Maldonado y Veracierto, e integró uno de los equipos que torturaron a la víctima.
“Infame intención de beneficiar torturadores”
El abogado Pablo Chargoñia dijo a la diaria que en su opinión personal “el anteproyecto es una evidente reacción ante cierto relativo impulso de los procesamientos en los dos últimos años” y deja de manifiesto “la infame intención de beneficiar a torturadores, homicidas y desaparecedores, pretextando la pandemia, por la vía torcida de volver ilusoria las penas y poner en riesgo los procesos”.
Según dijo el abogado, tanto el Código del Proceso Penal de 1980 –que regula la mayoría de los procesos por crímenes de la dictadura– como el de 2017 prevén la internación domiciliaria “en caso de enfermedad grave incompatible con la permanencia en un establecimiento carcelario. Por lo tanto, una modificación en general para beneficiar a mayores de 65 años no tiene, contra lo que se arguye, una intención humanitaria, sino impunidora”.
Chargoñia recordó que Uruguay tiene la «obligación internacional» de llevar a cabo la “investigación, persecución, captura, enjuiciamiento y condena de los responsables de graves violaciones a los derechos humanos” y puso como ejemplo la resolución de un tribunal argentino que denegó la prisión domiciliaria de Manuel Cordero, el año pasado. En la resolución, según relató, se establece que en los casos en que exista obligación internacional “debe tenerse presente que la Justicia penal no sólo tiene una naturaleza sancionadora, sino que en el ámbito internacional, fundamentalmente, tiende a prevenir la reiteración de ilícitos a través del juzgamiento ejemplificador de los responsables de delitos como los que aquí nos ocupan, puesto que una característica destacable de esta rama del derecho es esa general función preventiva”.
A su juicio, la iniciativa de Cabildo Abierto, además de implicar un desacato de la sentencia Gelman vs. Estado uruguayo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, “distorsiona el valor simbólico preventivo de las escasas condenas que hoy existen, arriesga la frustración de los procesos en los que se adoptó la medida cautelar de prisión preventiva y vuelve ilusoria la noción de justicia con relación a procesos penales que ocurrirán en el futuro inmediato”.
Fuente: La Diaria