Por Denni Portillo, Resumen Latinoamericano, 29 de noviembre de 2021.
A diferencia del proceso de expropiación ya existente y contemplado en el Código Municipal, la nueva normativa aprobada por Nuevas Ideas no cuenta con fase conciliatoria y es contradictoria consigo misma.
Sin oportunidad para defensa, sin ofrecer fase conciliatoria y con artículos que se contradicen entre sí. Así es la ley aprobada en la anterior plenaria de la Asamblea Legislativa para que la Dirección de Obras Municipales (DOM), creada por el gobierno de Nayib Bukele para centralizar los fondos que recibían las alcaldías, pueda expropiar propiedades argumentando interés social o utilidad pública.
La normativa fue aprobada con 63 votos y entrará en vigor el 1.º de diciembre, luego que Nayib Bukele la sancionó y ordenó publicar en el Diario Oficial del 23 de noviembre, tras haber sido aprobada ese mismo día, tras apenas dos sesiones de 20 minutos de discusión en la comisión.
En efecto, en orden cronológico, la pieza de correspondencia fue recibida el 20 de octubre, a las 2:37 de la tarde por la Asamblea, sin que fuera comunicada en redes sociales, ni comentada por funcionario alguno.
Cinco días después, el 25 de octubre, en la comisión de Legislación se hizo presente Álvaro O‘Byrne, director de la DOM, junto a María Andino, gerente legal de la institución, para explicar la normativa.
Sin embargo, lo que suponía ser una explicación, profundización y estudio de la pieza acabó en una exposición de Andino con una presentación de Power Point que no duró más de 20 minutos. Luego, O‘Byrne y la gerente se retiraron.
Desde esa fecha, la pieza no volvió a ser abordada en la comisión. No se discutió ni se tocó hasta que el pasado lunes 22 de noviembre, el tema volvió a aparecer.
Sin embargo, la Asamblea no transmitió esa reunión en ninguno de sus canales oficiales —ni Facebook, ni Youtube, ni radio o televisión legislativa— por lo que no quedó registro de lo dicho en la comisión, más que cinco tuits compartidos en la cuenta de Twitter del órgano legislativo.
¿Qué dice?
Pese a defender la normativa aprobada, empero, la bancada cian no brindó detalles del contenido de la ley durante el desarrollo de la plenaria; solo se limitaron a decir que era una herramienta para la realización de obras por parte de la DOM.
Sin embargo, abogados especialistas en derecho administrativo y constitucional han señalado diferentes falencias que la normativa padece.
Para el caso, en un “space” de Twitter desarrollado a media semana, el constitucionalista Enrique Anaya cuestionó la manera en que Nuevas Ideas justificó la creación de la ley amparados en el artículo 106 de la Constitución.
Este artículo dice: “La expropiación procederá por causa de utilidad pública o de interés social, legalmente comprobados, y previa una justa indemnización”.
Sin embargo, en la redacción de NI del inciso segundo del artículo 1, este reza: “Los propietarios o poseedores de inmuebles, que se consideren de interés público, podrán ser privados de sus derechos de propiedad o intereses patrimoniales legítimos, previa declaración de utilidad pública o interés social y con una justa indemnización”. En la normativa aprobada se excluyeron las partes de “legalmente comprobada” y “previa” a la justa indemnización.
Además, Anaya señaló que este tipo de procesos deberían resolverse en sede administrativa, por lo tanto debería ser resuelta por jueces de lo contencioso administrativo, y no por jueces de lo civil.
Luego, José Marinero, abogado experto en derecho administrativo, consideró que esta es una normativa elaborada para no tener límites ni controles.
“Es una herramienta extraordinaria en manos de la administración pública con pocos controles. Tiene, además, una disposición que le permite a la administración comenzar las obras sin que se haya terminado el juicio y que podrían dar lugar a abusos y arbitrariedades serias”, avisó el experto.
Fuente: Prensa gráfica