Por Andrés Borrello, Resumen Latinoamericano, 21 de julio de 2020
Una persona forma una pareja con un hombre. Él es un perverso sexual, que durante años abusó de las hijas de su mujer. Desde la niñez hasta la adolescencia, se sirve de su situación de poder para acceder carnalmente a dos niñas durante años. Producto de esas violaciones, nacieron tres niñas.
El hombre en cuestión es un pedófilo, es decir, un hombre que siente atracción y excitación sexual permanente hacia niñas y niños menores, y abusa sexualmente de ellos y ellas utilizando para su sometimiento el engaño, la manipulación y la mentira.
Las identidades no son necesarias. Lo mismo que el lugar donde ocurrieron, ni el tiempo. Sí podemos decir que fue en Argentina, en el interior del país, en esas pequeñas ciudades donde le hacen honor a la frase “pueblo chico, infierno grande”. Donde la opinión pública es más importante que los hechos en cuestión, y donde “cada casa es un mundo”. Pero cualquier otra mención sería directamente una revictimización para las mujeres que sufrieron a este perverso sujeto, que hoy cumple una condena de 24 años de prisión.
Primera parte
El hombre en cuestión, a quien llamaremos Carlos, es un trabajador rural del norte de nuestro país, que estaba en nuestras latitudes desde hacía muchos años. Formó pareja con una mujer de la localidad donde trabajaba, quien tenía dos hijas que apenas superaban los 10 años.
De acuerdo a las declaraciones de las víctimas, los primeros indicios de abuso sexual era los manoseos que Carlos cometía con ellas, para volverse luego en acceso carnal, utilizando el lenguaje jurídico. Pocos años después, una de ellas queda embarazada, en circunstancias poco claras, y Carlos aplica toda su perversión con su hermana, quien sufre igual destino unos años después, para luego padecer otro embarazo de parte su abusador.
Sí, Carlos abusó de sus hijastras en reiteradas ocasiones, y en al menos tres situaciones embarazó a las niñas. El acusado sostuvo en su declaración indagatoria que no todo lo que se decía era verdad, aunque sí una parte. Se negaba a reconocer los manoseos, pero no tembló en reconocer que abusó sexualmente de las niñas cuando eran pequeñas.
Las voces de las víctimas fueron contundentes, así como los testigos que apuntaron a Carlos como el responsable. Del mismo modo, las pruebas de ADN a las hijas de las niñas abusadas (dos nacieron con un mes de diferencia, lo que corrobora que abusó de ellas al mismo tiempo) apuntaban a él como el progenitor.
Pero no solo se comprobó el acceso carnal, sino también la privación de la libertad y las agresiones a terceros, amigos de las niñas, que se acercaban a la casa. Carlos era amo y señor, y ejercía ese poder con todas las mujeres de la vivienda. Las encerraba en su casa, les tenía terminantemente prohibido tener novio, y era conocido en el pueblo como alguien agresivo, que en algunas oportunidades agredió a algunos jóvenes conocidos de las víctimas.
Segunda parte
El juez de la causa sostuvo que las víctimas padecieron la voluntad de Carlos, que disponía la modalidad y la frecuencia de los abusos sexuales y cuánto duraban. No puede calcularse el daño que causó en ellas, y por consiguiente en las niñas que nacieron de esos abusos, ni tampoco la influencia que tuvo en la formación de su personalidad y su desarrollo emocional. En ningún momento, sostuvo el magistrado, el acusado mostró remordimiento cuando reconoció los abusos. Como si asumir la responsabilidad de sus actos lo eximiera de algún tipo de arrepentimiento. No manifestó preocupación por las niñas abusadas, ni por el mal causado, ni lo injustificable de su conducta. Sólo se preocupó por los años que deberá pasar encerrado en prisión.
De acuerdo con el informe del psiquiatra, la pericia indicó que Carlos poseía rasgos manipuladores con fuertes semblantes coercitivos, y una inclinación por el interés sexual con menores, sin manifestar ningún tipo de culpa o remordimiento, y minimizando sus responsabilidades.
Las denuncias se realizaron después de una década y media de abuso sostenido. Las niñas, convertidas ahora en mujeres (y forzadas y obligadas a ser madres de la violación de la pareja de su mamá) se animaron a hablar cuando llegaron a los 30 años. Hasta donde pudimos averiguar, a raíz de estas denuncias, Carlos habría sumado otra causa por abuso sexual de una mujer ajena a su círculo familiar.
La motivación de la denuncia por parte de una de las damnificadas tiene múltiples interpretaciones, y debemos ser respetuosos en eso. Solo una víctima de violación sabe cuándo es momento de hablar, y como sociedad debemos respetar y acompañar esa decisión. Las condiciones subjetivas también son fundamentales para comprender la situación: su percepción de los hechos, la naturalización de los abusos y la violencia, la comprensión de que eran actos ilegales, entre otros.
Quien tomó la iniciativa fue la menor de las hermanas, que sospechaba que Carlos intentaba abusar de las hijas que él había concebido con ellas. En su declaración, a la que después se sumó la hermana mayor, relataron los padecimientos sufridos por casi 15 años.
Situación particular vivía la madre de las víctimas. Ni Carlos ni sus hijas se refirieron al rol que tuvo la mujer. Desde el primer momento la fiscalía no tenía claro si era una damnificada más, e incluso si sufría violencia de género, o bien era cómplice y partícipe de los abusos, o simplemente omitió todo, lo que no configura ninguna acusación posible. En el debate, que fue a puertas cerradas por tratarse de una causa con menores, se pudo reconocer que ella sabría de la existencia de los hechos, aunque no con claridad si los conoció antes o después de la denuncia.
El juez consideró que las víctimas padecieron la pasividad de la madre, producto de la dependencia económica y el profundo entramado de temor que ejerció Carlos. Él las forzaba a vivir en un aislamiento que controlaba y dirigía a su antojo. Manipulaba la vivienda, no solo puertas adentro, sino también los posibles vínculos de las niñas con el exterior. Estableció una sujeción que le permitía elegir, sin ningún tipo de inhibición, a cuál de las mujeres de la casa quería abusar, a punto tal de naturalizar la situación.
En el desarrollo del juicio se conoció que Carlos reconoció legalmente a las víctimas como sus hijas, si bien no era el padre biológico. Y aunque el violador argumentó que fue a fines de cobrar un salario familiar y tener un ingreso extra, este cambio en la situación legal lo convirtió en padre, y no solo empeoró su situación jurídica, sino que, y esto es lo más importante, redobló el sometimiento de las niñas con él.
Mediante el uso de la amenaza, la intimidación, la violencia psicológica y física, además de la consumación de abusos sexuales, todo prolongado por más de una década y media, configuró una relación de sometimiento que se transformó en una relación de dependencia. El abuso de autoridad y poder de ninguna manera puede traducirse en consentimiento para las víctimas, que sufrieron a Carlos desde niñas sin poder hacer nada.
Epílogo
Hay una frase que sostiene que el infierno es ese momento en que esperamos que la muerte llegue a nosotros y nosotras. Pero Carlos, como hombre violento y abusador sexual de las hijas de su pareja, se ocupó de
convertir la vida de dos niñas de poco más de 10 años en un calvario permanente. Esas niñas, hoy mujeres, demostraron una valentía inusitada al denunciar a su padrastro.
“Yo estoy arrepentido” dijo Carlos en su declaración. “En ciertas circunstancias pensé que no iba a llegar a esto, más de una vez dije que quería sacar a la luz esto, pero ellas dijeron que no”, sostuvo el cínico violador, quien de una forma descarada e impúdica intentó posicionarse como un arrepentido de la situación, e incluso como víctima.
¿Podría haberse evitado? Sí, si hubiera existido la perspectiva de género necesaria. Cuando las víctimas eran pequeñas, la Justicia local fue notificada de la situación de aislamiento de dos menores, que en condiciones poco claras estaban embarazadas. El desinterés por el futuro de dos niñas pobres violadas del interior del país no despertó la voluntad de buscar justicia por parte de los funcionarios.
Este caso demuestra que la Ley 27.499, conocida como Ley Micaela, que establece la capacitación obligatoria en género para los y las funcionarias del Estado y demás organismos públicos, es más que una simple capacitación virtual, o una charla de algunas horas donde se repiten tratados internacionales y la legislación vigente. Asumir la responsabilidad que requiere la función pública implica una real toma de conciencia sobre las múltiples situaciones de violencia que existen en nuestra sociedad. En ese sentido, creemos, deben pensarse estrategias pragmáticas para cada estamento público en concreto, específico con el área de trabajo.
Si esta ley hubiera existido en su momento, y si se aplicara de manera real y genuina, y con un compromiso sincero en la necesidad de instruirse, estas niñas tendrían una vida diferente. Esta ausencia, esta negligencia judicial, arrastró a las niñas a permanecer bajo la sumisión de Carlos, que violentó y abusó de ellas, y que gozó de impunidad por más de 15 años.
Fuente: Diario femenino