Resumen Latinoamericano, 22 de julio de 2020
La ministra del Trabajo, Carla Bacigalupo, sin tener atribuciones, derogó artículos del Código Laboral mediante una resolución, dijo el presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas del Paraguay (AAL), Eduardo Pérez Avid. “Lo que hizo el Ministerio del Trabajo es excederse en su competencia, porque no tiene la facultad legal ni tiene la autoridad necesaria como para dejar sin efecto este tipo de disposiciones establecidas en el Código del Trabajo”, refirió el abogado al hablar de la Resolución 989.
Pérez Avid explicó que una resolución ministerial no puede derogar una disposición normativa que está establecida en el Código de Trabajo ya que es una norma de orden público. “Una norma de orden público es imperativa en su cumplimiento. Al ser de carácter imperativo su cumplimiento es obligatorio y cualquier tipo de norma aprobada por el Parlamento, promulgada por el Poder Ejecutivo, solamente puede ser modificada mediante otra ley”, expresó.
Al decir del presidente de la AAL, lo que hizo el Ministerio del Trabajo es excederse en su competencia ya que no tiene facultad legal ni tiene la autoridad necesaria para dejar sin efecto disposiciones establecidas en el Código del Trabajo, que a su vez están reglamentadas en el Decreto del Poder Ejecutivo. “Con esta resolución que tiene un rango muy inferior a una ley y a un decreto, la ministra y su equipo una vez más han pretendido desconocer o dejar de hacer cumplir las normas jurídicas.
Ministerio sacó otra resolución aclaratoria
El Ministerio del Trabajo emitió una nueva resolución, la número 1001, por la cual aclara la Resolución 989⁄2020 “Por la cual se suspende por el término de seis meses la realización de los exámenes médicos admisionales y periódicos previstos en el Decreto Nº 14.390÷92.
La nueva resolución resuelve que el Ministerio del Trabajo no aplicará sanciones a aquellos empleadores que no cumplan con el Código Laboral en lo que hace a la realización de exámenes médicos. Pérez Avid refirió que la nueva disposición ministerial establece que no sean objeto de fiscalización ni multa aquellos empleadores que dejan de cumplir su obligación legal.
“Entonces, esto implica un mal desempeño en sus funciones por parte de la ministra y su equipo de trabajo. Porque ellos no tienen, repito, la competencia ni la autoridad para dejar de cumplir lo que la Ley dice expresamente que deben hacer. El funcionario debe hacer lo que la Ley exactamente le manda. No queda al arbitrio del funcionario decir yo voy a hacer o voy a dejar de hacer esto”, comentó el entrevistado.
El Ministerio del Trabajo dejará de cumplir con dos obligaciones que le manda la Ley. Primero, no van a controlar a los empleadores y si lo hicieran y encontraran incumplimientos, no los van a multar. El laboralista agregó que si uno lee detenidamente la Resolución 989, en todo el considerando se menciona la necesidad de preservar la salud de la población pero en la parte resolutiva determina todo lo contrario.
“Mencionan la necesidad de una política de prevención de parte del empleador para que los trabajadores no tengan contagios o enfermedades pero en la parte resolutiva dice no, no hagas caso a todo lo que hemos considerado, lo que te autorizamos es que no hagas ningún tipo de chequeo admisional a los trabajadores cuando que tendría que ser totalmente al revés. Más que nunca se hubiese insistido en el chequeo ya que estamos en una pandemia, y en una pandemia todo lo que nos ayude a evitar la propagación al virus es lo que debemos hacer. Ellos están haciendo todo lo contrario”, argumentó el experto en derecho laboral.
“La ministra y su equipo son analfabetos funcionales del derecho laboral”
Pérez Avid indicó que, desde la Asociación de Abogados Laboralistas, han calificado a la ministra y a todo su equipo como analfabetos funcionales del derecho del trabajo. “Van dictando resoluciones de acuerdo a las medidas que a ellos y a su entorno inmediato le favorezcan. Tiene un equipo de sindicalistas a quienes les da dinero, y un sector empleador, a quienes también les dan dinero. Están más concentrados en tratar de mantenerse en el poder, utilizar indebidamente el presupuesto para sus amigos, y no se preocupan en hacer bien las tareas”, concluyó.
Finalmente señaló que hay ciertos empleadores que siempre buscan no cumplir normas laborales. “Lamentablemente es así, pero el Estado está para tutelar el derecho de los trabajadores. Ellos (Ministerio del Trabajo) se arrogan derechos o funciones que no le competen. Ellos prácticamente legislan ‑de una manera muy desordenada-. Las resoluciones nunca están a la vista, se tiene un número y después se salta a otro número. Para los abogados, empleadores y trabajadores cuesta entender el movimiento y las funciones del ministerio del trabajo porque siempre están actuando a medias o de mala forma”, apuntó.
FUENTE: E’a