Por Ana Pollán, Resumen Latinoamericano, 16 de noviembre de 2020.
Sobre deseo y consentimiento sexual
La Ley Orgánica De Garantía Integral De La Libertad Sexual que pretende impulsar el Ministerio de igualdad es conocida popularmente como la Ley del “Sólo sí es sí.” En marzo de este 2020 se conoció un primer borrador con no pocos errores en la terminología e imprecisiones conceptuales muy poco beneficiosas para los derechos que pretende garantizar. No abundaré en ellos en tanto que la Alianza Contra el Borrado de las Mujeres ya presentó unas exhaustivas y precisas alegaciones contra dicha ley que se pueden consultar (aquí: Alegaciones al Anteproyecto Ley orgánica de Garantía del Derecho a la Libertad Sexual).
Me centraré en la consigna con la que ha sido defendida. Esa que afirma que sólo cuando hay un sí explícito con el que se consiente una relación sexual es posible saber con seguridad que se está teniendo una relación sexual libre, consentida y deseada en la que no incurre ningún tipo de violencia, coacción o intimidación que permita aducir que el consentimiento prestado haya sido nulo o insuficiente.
En el Anteproyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual –concretamente en la modificación prevista del título VIII del Libro II del Código Penal en su artículo 178 – se prevé lo siguiente: “Será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, como reo de agresión sexual, el que realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento. Se entenderá que no existe consentimiento cuando la víctima no haya manifestado libremente por actos exteriores, concluyentes e inequívocos conforme a las circunstancias concurrentes, su voluntad expresa de participar en el acto.”
Esto es lo que se ha resumido bajo la fórmula “sólo sí es sí”. Sin embargo, su redacción formal no es en absoluto clara. Manifestar un sí conforme a las circunstancias concurrentes no tiene por qué implicar un deseo claro y explícito ni la voluntad libre de participar en la relación sexual.
Dicho en términos más llanos: al lema “sólo sí es sí” le falta contenido para cumplir el propósito que se ha fijado, y para hacerlo no es suficiente con la modificación prevista en el anteproyecto de Ley Orgánica De Garantía Integral De La Libertad Sexual. Hace no mucho tiempo se afirmaba que “no es no” para reivindicar que la negativa de una mujer a mantener una relación sexual es suficiente por sí misma para que quien se la propone de forma verbal o no verbal cese de manera absoluta e inmediata en su empeño. Ese “no es no” se cambió por el “sólo sí es sí” para hacer notar que no sólo un no es un no; también lo es la ausencia de respuesta o de consentimiento claro. Pero si ciframos la libertad sexual en meros eslóganes, por mucho que se busque cada vez más precisión con ellos, siempre nos quedaremos en lo puramente formal, en lo superficial.
Sólo sí es sí, correcto. Para corearlo en una manifestación puede ser útil. Pero es necesario más allá del eslogan y aplicar teoría feminista y capacidad racional para profundizar en esta cuestión: ¿Todos los síes son síes ante la proposición de una relación sexual? ¿Todos los síes en los que no media coacción ni intimidación explícita son síes? ¿Es suficiente la emisión de un sí para consentir? ¿Es lo mismo consentir mediante un sí explícito que desear o manifestar una voluntad firme, decidida e inequívoca?
Según las creencias machistas, “las mujeres a menudo dicen no cuando quieren decir sí”, es decir, se cree que su negativa sólo responde a un deseo de que se nos solicite con insistencia lo que “de primeras” niegan, pero después terminan aceptando. Sin embargo, esa creencia machista nunca se enuncia a la inversa: si ese tópico sólo subrayara nuestro supuesto carácter contradictorio, también podría decirse que a menudo las mujeres decimos “sí” cuando queremos decir “no.” Sin embargo, a la inversa nunca se emplea, porque lo que se nos supone no es sólo un carácter contradictorio e inestable (que también) sino fundamentalmente una necesaria e inquebrantable disponibilidad sexual respecto a los hombres. Por eso, incluso un “no” quiere decir “sí” si lo emiten las mujeres ante una proposición sexual realizada por un varón.
¿Qué sí es un sí?
Al decir que no todos los síes emitidos por una mujer son válidos a la hora de aceptar una relación sexual, no suelen faltar las acusaciones de paternalismo por ser contradecir o relativizar la capacidad de las mujeres para consentir libre, voluntaria y conscientemente. Esas acusaciones estarían justificadas si viviéramos en un mundo radical y nítidamente igualitario donde no mediaran ni pudieran mediar nunca ningún tipo de opresión ni explotación sexual ni existiera ni pudiese existir ninguna jerarquía entre los sexos posibilitadas por las evidentes relaciones de poder que, siempre y en todo lugar, nos han situado a las mujeres en una situación subordinada respecto de los hombres como grupo. Pero estamos en un mundo patriarcal que privilegia al sexo masculino y oprime al femenino.
El patriarcado exige a las mujeres una completa disponibilidad sexual para los hombres, sin reservas, siempre que sea solicitada y sin posibilidad de denegarla legítimamente. De hecho, su rechazo implicará el despliegue de todo tipo de mecanismos que la hagan “reconsiderar” su negativa: considerarla “estrecha”, “mojigata”, “monja”, “reprimida” o “frígida” ha sido una, pero no es la única.
Esa negativa a una petición de relación sexual que una mujer manifiesta a un varón es combatida por el patriarcado de dos modos. Uno: un hombre, porque está en una posición de dominación que se lo permite puede no aceptar ese no y violar a la mujer por la fuerza, con independencia de que ésta no haya emitido ningún consentimiento explícito o, incluso, se haya negado expresamente a mantener sexo. Dos, un hombre, porque está en esa posición de poder puede optar por doblegar la voluntad de la mujer y acceder sexualmente a ella sin ejercer fuerza física, incluso habiendo obtenido un consentimiento explícito y claro de la víctima (claro y explícito en cuanto a que es verbal) aun cuando esa mujer no haya deseado ni esté en su voluntad mantener esa relación sexual. Explicado con claridad:
El sí a una relación sexual que una mujer emita clara e inequívocamente después del consumo de drogas/alcohol que impida un control claro y nítido de las propias acciones, por moderado que este haya sido, no es un sí valido.
El sí a una relación sexual que una mujer emita clara e inequívocamente en medio de una relación de abuso de poder, coacción, intimidación, chantaje, amenaza no es un sí valido: es un no. Solo un sí entre individuos libres e iguales, en pleno uso de sus facultades mentales, en un nivel similar de madurez intelectual, entre los que no medie dependencia laboral ni económica, sin haber consumido alcohol y drogas, donde no se haya manifestado la más mínima insistencia o presión para obtener un sí a una relación sexual es un sí.
El sí a una relación sexual que una mujer emita clara e inequívocamente, después de haberse negado en varias ocasiones para evitar más insistencia o en previsión de que su persistencia en su negativa puede provocar una reacción indeseable que comprometa su integridad física y/o emocional, no es un sí valido.
El sí a una relación sexual que una mujer emita clara e inequívocamente, después de que el individuo haya empleado técnicas de chantaje emocional, por pacífico y exquisito que haya sido en las formas, no es un sí valido. Más claro: un sí verbalmente clarísimo y rotundo que emerja después una negativa inicial seguida de un de un “es que nunca tienes ganas”, “es que parece que no te gusto”, “es que me duele que me rechaces”, “es que voy a pensar que no te importo”, “es que no te das cuenta de cómo te quiero”, “es que si esto sigue así, no sé si podré continuar contigo”, “es que si a mí siempre me apetece y a ti nunca el que sale perjudicado soy yo”, “es que como sigas rechazándome convendrá darnos un tiempo/abrir la relación a otras personas”, “es que no deberías ser tan reprimida y disfrutar más”, “es que me estoy cansando de que me lo pongas difícil…”, “es que me has besado y ahora no me puedes dejar así…” y tantas variantes de chantaje emocional más claras o sutiles que estas se imaginen no es un sí valido.
El sí a una relación sexual que una mujer emita clara e inequívocamente después de que un individuo del que depende económica o laboralmente le haya insinuado que su ascenso o certidumbre económica depende de permitirle el acceso sexual a ella misma no es un sí valido, aun cuando el superior jerárquico a nivel económico/laboral haya sido exquisitamente cuidadoso en que sus formas fueran extremadamente sutiles y no parecieran amenazantes.
El sí a una relación sexual que una mujer emita clara e inequívocamente y haya servido para iniciar una relación sexual inequívocamente deseada y plenamente consentida deja de ser un sí válido en cuanto la mujer lo revoque: sea explícita y verbalmente, sea por mostrar un comportamiento pasivo/ausente. También deja de serlo ante la evidencia de la más mínima y sutil señal de falta de deseo, disgusto, desasosiego, molestia o incomodidad. Es un sí revocable en cualquier momento, por cualquier circunstancia, y su revocación no necesita justificación alguna para ser legítima e inapelable, por lo que debe atenderse inmediata y necesariamente.
Explicitando de forma tan detallada todas las condiciones que debe cumplir un sí para ser un sí (y me he centrado sólo en las más relevantes, porque creo que se podrían especificar más matices), podría parecer que discernir un consentimiento y deseo sexual explícito de una situación de agresión o violación es casi imposible. Sin embargo, sostengo exactamente lo contrario: nada más alejado del sexo y del deseo que la humillación, la dominación, el chantaje, el abuso, la intimidación y la violencia. Lo único necesario para que un sí sea un sí es la honestidad y la empatía: honestidad para aceptar un no y desear sólo relaciones libres, igualitarias y placenteras. Empatía para ponerse en el lugar de la otra, relacionarse con ella como lo que es: una igual, una persona autónoma y libre capaz de tomar y revocar sus propias decisiones sin que sea legítimo impedírselo de ningún modo, tampoco por insistencia pacífica y formalmente exquisita. Pretender disfrutar de una relación sexual cuando se sabe que la otra persona preferiría no estar en ese lugar, no es sexo: es violencia, es violación, y es éticamente repugnante, aun cuando se logre sin el más mínimo atisbo de agresión verbal o física.
Y para finalizar, matizo que, por supuesto, esto opera también en las relaciones entre personas del mismo sexo. Indudablemente y con la misma exigencia de claridad y escrupulosidad para respetar un “no”. No aceptar o pretender doblegar el rechazo sexual de una persona del mismo sexo por cualquier motivo que esta considere oportuno es igualmente execrable, pero señalarlo no debe ocultar que el problema respecto al consentimiento sexual existe por la relación de dominación que recae sobre las mujeres por serlo en el contexto patriarcal que vivimos. Por eso, me he centrado en el deseo y consentimiento de las mujeres en el contexto de una relación heterosexual.
Fuente: Tribunafeminista.