La ley orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia está cada vez más cerca de debatirse en su respectiva comisión en el Congreso, paso previo a la votación del texto final en el Pleno. Los grupos han cerrado este jueves un preacuerdo sobre la Ley Rhodes, bautizada así por el pianista James Rhodes ‑víctima de abusos sexuales cuando era niño‑, en la que ha sido la octava y última ponencia.
En este sentido, los portavoces de los diferentes partidos se han reunido desde el mes de enero en diferentes reuniones para revisar las más de 500 enmiendas registradas al texto y tratar de zanjar los flecos sueltos de la ley, que llegó al Congreso arrastrando muchas críticas por la falta de perspectiva de género y de enfoque de infancia, entre otras cuestiones.
Fuentes parlamentarias señalan que en esta fase de negociaciones se han conseguido avances importantes, aunque siguen siendo una ley “muy encorsetada”. Ejemplo de ello es la prohibición de la entrada y participación de los menores en los toros, una enmienda registrada por Unidas Podemos y que su socio de Gobierno, el PSOE (junto a otros grupos como PP y Vox), aún se resiste a aceptar.
La formación morada propuso añadir una nueva disposición final en la modifica la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos. “Los participantes en espectáculos o festejos taurinos y escuelas de tauromaquia deberán ser mayores de 18 años“, reza la corrección.
Asimismo, se adiciona un nuevo apartado en el que refleja: “Queda prohibida, con carácter general la entrada y permanencia de menores de dieciocho años en plazas de toros, o recintos habilitados cuanto tengan lugar eventos taurinos, incluidas escuelas taurinas si estas utilizan animales en sus prácticas”. Por último, la participación y acceso de menores sería considerada “infracción muy grave”, tal como detalla la enmienda.
Con esta corrección se pretende “dar respuesta a la preocupación de las instituciones nacionales e internacionales de proteger los derechos de la infancia y adolescentes a vivir en un entorno libre de violencia”. En particular, ahonda el texto, nace de la preocupación de la máxima autoridad internacional en Derechos de la infancia, el Comité de los Derechos del Niño de la ONU, con respecto a la participación activa o como espectadores de niños, niñas y adolescentes a espectáculos públicos en los que se maltrate o sacrifiquen
animales vivos y donde estos puedan herir de gravedad, incluso matar a humanos en presencia de los menores.
Asimismo, dicho organismo califica el aprendizaje y ejecución del toreo profesional por parte de menores como una de las “peores formas de trabajo infantil”, según el Convenio 182 de la OIT, pues puede “dañar la salud, la seguridad o la moralidad de los menores de edad, por lo que debe prohibirse a los menores de 18 años”. Esta preocupación ha llevado a dicho organismo a “instar a España a impedir la participación de menores de 18 años como toreros o como espectadores de eventos taurinos”, añade el grupo morado.
Sin embargo, el grupo socialista ha rechazado esta enmienda y, de momento, no se contempla que se pueda llevar a cabo. Esta postura coincide con la defensa del PSOE a la tauromaquia, una visión que contrasta con la de su socio de Gobierno. De hecho, el ministro de Cultura y miembro de la Comisión Ejecutiva Federal del PSOE, José Manuel Rodríguez Uribes, destacó este mismo miércoles que la tauromaquia es compatible “con la defensa de los derechos y deberes que tenemos hacia los animales”.https://platform.twitter.com/embed/Tweet.html?dnt=false&embedId=twitter-widget‑0&frame=false&hideCard=false&hideThread=false&id=1372181424892080136&lang=es&origin=https%3A%2F%2Fwww.publico.es%2Fpolitica%2Fley-rhodes-psoe-resiste-meter-ley-infancia-prohibicion-entrada-participacion-menores-toros.html&siteScreenName=publico_es&theme=light&widgetsVersion=e1ffbdb%3A1614796141937&width=550px
Si bien, fuentes parlamentarias afirman que las enmiendas que no se han admitido en la fase de ponencia (a puerta cerrada) quedarán vivas para su debate en la Comisión Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad, por lo que los grupos intentarán transaccionar esta corrección para incluirla en la ley.
Prohibición del llamado Síndrome de Alienación Parental
En esta línea, estas fuentes celebran que el texto recoja otras demandas exigidas por varios partidos en aras de asegurar la protección y no revictimización (o victimización secundaria) de los menores, garantizando el acceso a sus derechos sin necesidad de mediar consentimiento de los representantes
legales; reforzar el acompañamiento de las víctimas en el proceso de denuncia; reconocer plenamente la violencia digital, es decir, la violencia realizada a través de las tecnologías de la información y la comunicación; y de salvaguardar los derechos de los niños, niñas y adolescentes con discapacidad.
También, se ha incluido la prohibición del llamado Síndrome de Alienación Parental (SAP), una modificación introducida por los partidos que sostienen el Gobierno, y exigida por juristas y colectivos feministas. El SAP es un criterio que, pese a no tener aval científico y estar desaconsejado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), todavía sigue usándose en sentencias de custodia.
“Los poderes públicos tomarán las medidas necesarias para evitar que planteamientos teóricos o criterios sin aval científico que presuman interferencia o manipulación adulta, como el llamado Síndrome de Alienación Parental (SAP) puedan ser tomados en consideración”, recoge el texto.
Y es que, tal como justifican estas formaciones en la enmienda, “resulta esencial prever una cautela explícita frente a la aplicación de criterios y teorías sin aval científico que actualmente se siguen aplicando y que, sustituyendo la investigación rigurosa y con todas las garantías, invalidan de partida el testimonio de la niña, niño o adolescente, especialmente en los casos de rechazo paterno, por presumir interferencia adulta”.
Asimismo, recuerdan que las consecuencias de la aplicación de esta supuesta patología en sentencias de custodia resultan “muy preocupantes porque pueden contribuir a la impunidad de formas de violencia contra la infancia“, en sintonía con lo establecido en el punto 129 del Pacto de Estado contra la Violencia de Género y la recomendación del CGPJ, incluida en su Guía práctica de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección de integral contra la violencia de género.
Pilar Araque Conde/Público
Latest posts by Otros medios (see all)