Por Lucía Guadagno, Resumen Latinoamericano, 24 de diciembre de 2021.
En un fallo que sienta un precedente, la Corte Suprema provincial dejó firme un kilómetro de resguardo en la localidad de Zenón Pereyra. Mientras, en Rafaela, el Intendente se vio obligado a vetar una ordenanza que reducía a 50 metros el uso de agroquímicos. La Multisectorial Paren de Fumigarnos exige desde hace una década una ley provincial que priorice la salud.
Mirado desde el arriba, la comuna de Zenón Pereyra es un punto en un mar de campos en el centro-oeste santafesino. Hectáreas fumigadas con toda clase de agrotóxicos que llegan al pueblo por aire, tierra y agua. Los Bassi, una familia cansada de la contaminación, presentó un recurso de amparo ante el Poder Judicial en 2014. Lo hicieron pese a las represalias que implica oponerse al agronegocio en un pueblo de la llanura pampeana. Siete años después, hicieron historia: la Corte Suprema de Santa Fe ratificó una distancia de 1000 metros libres de venenos alrededor de su vivienda.
El fallo del máximo tribunal de la provincia, del pasado 14 de diciembre, rechaza un queja presentada por la Comuna de Zenón Pereyra, que pedía revisar una decisión de la Sala Segunda de la Cámara de Apelación Civil y Comercial de Santa Fe. Ese tribunal, en junio de 2020, había establecido 1000 metros de distancia desde la vivienda de los Bassi (ubicada en una calle lindera a los campos) hacia todos los puntos cardinales, dentro de los cuales se prohíbe la aplicación de agrotóxicos. La ordenanza local establecía sólo 100 metros de protección, que incluso podían reducirse a cero con autorización de la Comuna.
“Lo relevante del fallo de la Corte es que no sólo rechaza la queja de la Comuna sino que va más allá y sostiene que la decisión de la Cámara es constitucional”, explicó Eugenia Boccio, abogada de la familia.
Los jueces de la Cámara —avalados ahora por el máximo tribunal— no sólo establecieron una distancia de protección de 1000 metros, sino que exhortaron a la Comuna y a los dueños de los campos a cumplir con la Ley Provincial del Árbol, que promueve la forestación en áreas rurales. Además, señalaron la necesidad de reorientar la producción hacia “otras explotaciones menos dependientes de agroquímicos, que superen la mirada extremadamente de corto plazo”.
Otra particularidad del fallo de los camaristas Roberto Sodero y Luciano Pagliano (Luis Drago se abstuvo) es que apuntan contra diputados y senadores provinciales, a quienes les reprochan la demora en ampliar las zonas de resguardo. “La demora en la actualización de los cánones en la ley provincial vigente ya se ha tornado objetivamente injusta”, sostuvieron. Desde hace años, la Multisectorial Paren de Fumigarnos (formada por asambleas vecinales y organizaciones de toda la provincia) lucha por una ley que establezca una distancia de 1500 metros y promueva la agroecología. Sin embargo, hasta ahora la Legislatura nunca lo trató en ambas cámaras.
Fallos contra agrotóxicos en Santa Fe
La abogada Boccio, quien explicó que la familia Bassi prefiere no dar testimonio para evitar la exposición, destacó que es la primera vez que el máximo tribunal de la provincia se expide sobre un fallo relativo a las distancias.
Un antecedente es el de Arequito, conocida como la “Capital Nacional de la Soja”. En esa oportunidad, la Corte provincial resolvió que era constitucional —y por lo tanto dejó firme— una ordenanza que establecía prohibiciones y límites a las fumigaciones con productos específicos, norma que había sido objetada por la empresa Speed Agro.
Otro precedente, no de la Corte sino de un juzgado de primera instancia, fue la resolución del juez Duilio Hail, del Juzgado Civil y Comercial de Rafaela, que estableció 1000 metros de protección en la localidad de Sastre, en septiembre de 2020.
Marcha atrás en Rafaela
En la misma semana en que la Corte provincial ratificaba los 1000 metros, en la localidad de Rafaela —pago chico del gobernador Omar Perotti y de Ricardo Lorenzetti, juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación — , el intendente Luis Castellano se vio obligado a vetar una ordenanza que reducía de 200 a 50 metros el límite para aplicar agroquímicos.
La norma había sido sancionada el pasado 2 de diciembre, en una sesión donde la mayoría de los concejales rechazaron un proyecto que ampliaba a 1000 metros la zona de resguardo y, en cambio, aprobaron otro que acortaba la distancia. Establecieron que del metro 50 al 200, donde hasta ahora no podía aplicarse ningún agroquímico, podrían aplicarse “productos biológicos”, sin especificar a qué se referían. Y de los 200 en adelante, permitía continuar con las fumigaciones con agrotóxicos.
Al ser regresiva, la norma es inconstitucional, según advirtieron especialistas en derecho ambiental e incluso el propio Municipio. Por lo tanto, el intendente Castellano, en lo que llamó un “veto propositivo”, decidió suspenderla por seis meses y crear una comisión para evaluar qué productos biológicos podrían aplicarse en los primeros 150 metros, medidas de prevención y otra información relacionada.
Esta medida está muy lejos de lo que reclaman familias afectadas y organizaciones locales. “El veto a la ordenanza es una buena noticia porque al menos no se retrocede, pero está claro que ni el Intendente ni el Gobernador son partidarios de ampliar los límites”, sostuvo Jorge Quevedo, de la organización Amigos de la Vida que integra la Multisectorial Paren de Fumigarnos. “Ahora se vuelve todo a cero y habrá que continuar la lucha. Mientras tanto, se sigue postergando la salud de la población”, sostuvo.
Fuente: Agencia Tierra Viva