El lehendakari Urkullu ha manifestado estar orgulloso de la Ertzaintza porque ni un solo ertzaina ha sido nunca condenado por torturas lo cual no es en absoluto cierto. Juan Loyola Esnaola, inspector-jefe de la Ertzaintza en Deba, fue condenado por torturar en 1988 a Jaime González Pacheco. Una condena ratificada por el Supremo en 1992 y a la que hizo mención el entonces Consejero del interior Juan Mari Atutxa en sede parlamentaria.
Urkullu también ha mostrado su orgullo porque «lo definitorio y estructural en la Ertzaintza ha sido la prevención de la tortura», pero basta con hacer un repaso cronológico de lo sucedido con la principal medida preventiva adoptada por la Ertzaintza, la grabación de los detenidos incomunicados, para desmontar por completo lo manifestado por Urkullu.
En su informe al Parlamento Vasco de 1999, el entonces Ararteko Xabier Markiegi recomendó que se grabaran y conservaran las imágenes que captaban las cámaras dispuestas, por motivos de seguridad, en los pasillos de la zona de calabozos de las comisarías de la Ertzaintza. Era una medida de lo más sencilla, y en su informe de 2000 la nueva Ararteko, Mertxe Agúndez, señaló que el Departamento de Interior había aceptado dicha recomendación.
Sin embargo, cuando empezaron a grabar, hicieron una muy significativa excepción. No grabaron las detenciones incomunicadas, pese a ser precisamente estas las que originaron la recomendación del Ararteko que siguió insistiendo año tras año en sus informes para que se grabara muy en especial todo lo relacionado con dichas detenciones.
El nuevo Ararteko, Iñigo Lamarca, lo denunció bien claro en su informe del 2004 en el que describió una visita realizada el 16 de diciembre a las instalaciones de Arkaute donde se custodiaba a los detenidos incomunicados. Allí les dijeron que existía «un control visual de las imágenes, de carácter permanente, mientras dure la detención», pero que, «aunque el sistema informático permitiría la grabación de las imágenes, esta posibilidad no ha sido activada». Es decir que, más de cuatro años después de que el Departamento de Interior mostrara su acuerdo con lo recomendado por el Ararteko, seguían sin hacer algo técnicamente tan sencillo como grabar y conservar las imágenes de unas cámaras ya instaladas.
Cuando por fin decidieron hacer lo recomendado por el Ararteko, en marzo del 2006, el entonces Consejero de Interior Javier Balza se explicó así en el Parlamento Vasco: «Como en el 95% de los calabozos de la Ertzaintza estaba ya instalado el sistema de grabación, pues, en el momento en que asumimos el compromiso político se dio la orden de que los detenidos incomunicados fueran custodiados en calabozos provistos de sistema de grabación». Y también reconoció que, hasta entonces, en los casos de detenciones incomunicadas, habían decidido priorizar «la eficacia de las investigaciones».
Más claro no podía haber hablado. Si era tan sencillo grabar, ¿por qué no lo hicieron antes? ¿Por qué, en lugar de adoptar cuanto antes la sencilla recomendación del Ararteko, hicieron todo lo posible, durante tantos años, por retardar y obstaculizar su puesta en práctica?
Además, la Ertzaintza nunca ha adoptado las garantías mínimas que el Ararteko ha demandando desde 1999 para que dicha medida preventiva sea eficaz. Unas garantías entre la que resalta «la conservación del material grabado durante el límite máximo de prescripción de las posibles responsabilidades administrativas y penales que pudieran derivarse de las actuaciones grabadas».
Al acceder el Consejero del Interior Rodolfo Ares a su cargo, fue interpelado al respecto y adujo que si no se habían adoptado dichas garantías era porque con anterioridad, siendo consejero Javier Balza, no se consideró necesario hacerlo, y él era del mismo criterio. Y tras acceder de nuevo el PNV a la Consejería de Interior, se siguieron negando a adoptarlas.
Así lo ha comprobado el Ararteko en las visitas de inspección que ha realizado hasta nuestros días a dependencias de la Ertzaintza. Año tras año, el Ararteko ha repetido en sus informes la misma denuncia de que no se garantiza la conservación del material grabado, «lo que se aparta de los criterios que propugnamos y limita el carácter garantista de este mecanismo».
Y ello, pese a que en 2010 se produjo un caso en el que el Ararteko dictó una dura resolución denunciando que, sin razón válida alguna, la Ertzaintza le había impedido visionar las grabaciones que aseguraron haber hecho durante los días en que estuvieron incomunicados nueve jóvenes detenidos en Ondarroa y sus alrededores que denunciaron haber sido torturados. Unas grabaciones que la Ertzaintza tampoco entregó a una juez de Durango y a la Audiencia Nacional que las solicitaron, aduciendo que las imágenes se conservaban solo durante tres meses.
Ahora bien, en su Informe 2006, el Ararteko recogió una respuesta del Departamento de Interior según la cual, «cuando existe sospecha, queja o denuncia», los ertzainas realizan una copia de las grabaciones, «que se conserva mientras dura la investigación correspondiente». En ese caso, había motivos más que sobrados para conservar las imágenes todo el tiempo necesario, pero no lo hicieron.
Por eso, el Ararteko subrayó en su informe de 2010 que lo sucedido «hace que cobre todo su sentido la recomendación que venimos haciendo año tras año» respecto a la conservación del material grabado, pero el Departamento de Interior ha seguido negándose a adoptar esa garantía tan sencilla de implementar.
Como se ve, los informes del Ararteko no muestran en absoluto que «lo definitorio y estructural en la Ertzaintza ha sido la prevención de la tortura», como afirma Urkullu. Lo que muestran es lo reticentes que han sido las autoridades del PNV a adoptar medidas realmente eficaces para prevenir dicha lacra.
¿Acabarán por reconocerlo algún día?
Xabier Makazaga
9 de febrero de 2018
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